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Asamblea por los Bosques y la Vida exige a la ALP rechazar el proyecto de Ley 157

Nacional
  • Redacción Digital/El País (Agencias)
  • 11/02/2026 12:48
Asamblea por los Bosques y la Vida exige a la ALP rechazar el proyecto de Ley 157
Asamblea por los Bosques y la Vida rechaza el proyecto de Ley 157

Esta semana se pretende tratar el proyecto de ley 157 en la Cámara de Diputados de Bolivia. De aprobarse, Bolivia enfrentaría uno de los retrocesos sociales más profundos y silenciosos desde la Reforma Agraria de 1953. No se trata de una exageración ni de una consigna alarmista. El Proyecto de Ley 157, denominado eufemísticamente “Conversión voluntaria de la clasificación de pequeña propiedad agraria a mediana o empresarial” es un proyecto que se presenta como técnico, voluntario y modernizador, pero que en realidad desmantela uno de los pilares históricos de protección social del régimen agrario boliviano. Un proyecto que no nace de las bases campesinas ni indígenas, sino del poder político central del MAS, con respaldo explícito de la agroindustria, y que hoy avanza con el aval transversal de fuerzas que, en el discurso, dicen enfrentarse. Este no es un proyecto aislado. Es un proyecto de país colonial e impositivo y profundamente regresivo.

Rechazamos el Proyecto de Ley 157 porque atenta contra la pequeña propiedad rural, excluye deliberadamente a quienes más afecta, responde a intereses empresariales, transnacionales y no sociales, debilita el rol del Estado y abre la puerta a una nueva ola de despojo legalizado.

Conviene decirlo sin rodeos: el PL 157 no nace en el actual ciclo político, ni es una iniciativa improvisada. Es la reconversión directa del Proyecto de Ley 458, presentado el 2 de agosto de 2023 por el entonces presidente Luis Arce Catacora, con respaldo técnico y jurídico del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras. En noviembre de 2023 el texto se transforma en el PL 157. Avanza sin debate público, es aprobado en Diputados en 2024 y luego reactivado y acelerado en el Senado bajo la presidencia de la Comisión de Tierra, Territorio, Recursos Naturales y Medio Ambiente dirigida por Branko Marinković. Hoy vuelve a la Cámara de Diputados, listo para su sanción final.

Aquí no hay ruptura ideológica. Hay continuidad estructural. El MAS diseñó la llave. La agroindustria hoy empuja la puerta.

El argumento oficial insiste en que se trata de una opción individual, voluntaria y administrativa. Esto es falso. El PL 157 no modifica un trámite: modifica las reglas del régimen agrario.

Para entender la gravedad del cambio, conviene recordar qué es la pequeña propiedad agraria en Bolivia. No se trata de una categoría discrecional ni optativa. Es una figura jurídica con función social, orientada al sustento y la reproducción de la vida familiar rural. Por esa razón es indivisible, inembargable, irreversible y no está sujeta al pago de impuestos. Su tamaño varía según la región y el tipo de actividad, pero su sentido es inequívoco: garantizar tierra para vivir y producir, no para especular ni acumular.

La clasificación de una propiedad como pequeña, mediana o empresarial no es una decisión personal del propietario. Es el resultado de un proceso técnico-jurídico integral que forma parte del saneamiento de tierras e incluye la verificación del uso del suelo, el respeto a la vocación productiva, la protección de bosques y biodiversidad, el cumplimiento de límites constitucionales y la Función Económico Social. Ese proceso es precisamente el que el PL 157 debilita y elude.

El proyecto introduce una vía excepcional que permite cambiar la categoría de una propiedad sin atravesar ese control integral. No se trata de una simplificación administrativa legítima, sino de una renuncia expresa del Estado a su obligación de regular y fiscalizar la tenencia de la tierra. En los hechos, el INRA deja de ser una autoridad de control para convertirse en un mero tramitador administrativo.

Se argumenta que esta conversión permitiría aumentar la producción agropecuaria y facilitar el acceso de los pequeños productores al crédito. Estas afirmaciones carecen de sustento. La productividad no depende del tipo de propiedad, sino de las condiciones agroambientales, el acceso a agua, la asistencia técnica, la infraestructura y las reglas de uso del suelo. Del mismo modo, el acceso al financiamiento no se crea automáticamente por cambiar una categoría jurídica. La conversión no genera crédito por sí misma ni transforma la vocación ni el potencial productivo del territorio. Es una promesa vacía que oculta otros intereses.

Detrás de este proyecto existen motivaciones claras. Una de ellas es ampliar el mercado de tierras hoy protegido, especialmente en zonas de expansión de la frontera agrícola. Otra es regularizar situaciones irregulares heredadas del proceso de saneamiento, donde numerosos predios fueron titulados artificialmente como pequeñas propiedades, especialmente ganaderas, para eludir la verificación de la Función Económico Social, a pesar de estar dedicados a agricultura mecanizada o usos empresariales. La conversión legal habilita ahora su consolidación, subdivisión y comercialización, abriendo la puerta a un uso cada vez más especulativo de la tierra.

A ello se suma la presión del mercado inmobiliario. La eliminación de las protecciones de la pequeña propiedad facilita el cambio de uso hacia fines urbanos en ausencia de planificación territorial, alimentando procesos de expansión desordenada, especulación y pérdida del carácter productivo y comunitario de la tierra.

El punto más grave del proyecto se encuentra en las modificaciones introducidas en el Senado. Se elimina la exigencia de demostrar incremento productivo. Se suprime la verificación técnica por parte del INRA. La conversión pasa a realizarse en un plazo máximo de diez días, a simple solicitud y declaración jurada del propietario. Y, como si fuera poco, se posterga la verificación de la Función Económico Social por diez años. Estas disposiciones no son ajustes menores: vacían de contenido el control público, blindan a los beneficiarios frente a cualquier fiscalización futura y evidencian la aversión del sector agroindustrial a cualquier forma de verificación estatal.

El dato más grave es político y ético: los principales afectados nunca fueron consultados. En Bolivia existen alrededor de 1,5 millones de pequeños propietarios, en su gran mayoría fuera del oriente del país. No hubo socialización real, ni debate público, ni consentimiento. Quienes sí estuvieron presentes fueron los gremios empresariales agropecuarios. Decir que esta norma representa a los pequeños productores es una falsedad. Esto no es democracia agraria. Es captura legislativa.

Mientras tanto, los problemas estructurales del campo boliviano siguen intactos: desmonte ilegal, tráfico de tierras, concentración encubierta prohibida por la Constitución, incumplimiento sistemático de la Función Económico Social y titulación indígena paralizada. Nada de eso se aborda. Esta ley, en cambio, avanza rápido y en silencio.

Desde 1953, ningún proyecto había intentado reabrir de esta forma el mercado de tierras protegidas. Ni siquiera en los ciclos neoliberales más duros se cruzó esta línea. Por eso el PL 157 no es técnico, no es menor y no es voluntario. Es un retroceso social sin precedentes en siete décadas.

La tierra no se entrega: se defiende

La tierra no puede ser garantía financiera cuando es garantía de vida.La tierra no puede ser mercancía cuando es territorio, historia y comunidad.

Exigimos que el PL 157 no proceda. Exigimos debate público real. Exigimos que los pequeños propietarios del país sean escuchados.

EXIGIMOS QUE LOS REPRESENTANTES POLÍTICOS PAREN DE ENTREGAR EL PAÍS AL AGRONEGOCIO, MINERÍA, NARCOTRAFICANTES Y TRAFICANTES DE TIERRA.

Defender el régimen agrario no es resistirse al cambio ni a la modernidad. Es resistir al despojo porque cuando la tierra cae, cae todo lo demás.

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