Gobierno suspende el pago de vacaciones no utilizadas y refuerza su uso obligatorio
El Gobierno aprobó el Decreto Supremo N.º 5498, publicado en la Gaceta Oficial, mediante el cual se modifica el Decreto Supremo N.º 5470 —emitido en 2025 durante la gestión de Luis Arce— para fortalecer y precisar la normativa sobre el derecho a vacaciones de los servidores públicos.
La nueva disposición, aprobada por el gabinete de ministros el 8 de diciembre, suspende el pago de vacaciones no utilizadas, salvo en casos excepcionales, y ratifica el carácter irrenunciable y de uso obligatorio de este derecho laboral.
Según el texto del decreto, las vacaciones ya no podrán ser compensadas económicamente, excepto en las siguientes situaciones: fallecimiento del servidor público (a favor de sus herederos), extinción de la entidad, destitución, renuncia o cuando exista una sentencia ejecutoriada. En estos casos, las entidades públicas deberán efectuar el pago de las vacaciones pendientes en un plazo máximo de 12 meses.
El decreto también establece que, en casos de destitución, renuncia o extinción de la entidad, el pago por vacaciones no utilizadas deberá realizarse de oficio, sin que el funcionario afectado tenga que presentar una solicitud expresa.
El Gobierno recordó que el DS 5470, aprobado el 8 de octubre de 2025, garantizaba el pago de vacaciones acumuladas a los servidores públicos como medida para resguardar derechos laborales. Sin embargo, el nuevo decreto ajusta ese marco normativo y limita la compensación económica exclusivamente a situaciones excepcionales.
Con esta modificación, el Ejecutivo busca reforzar la obligatoriedad del descanso efectivo, evitando la acumulación prolongada de vacaciones y alineando la normativa con los principios del Estatuto del Funcionario Público.





