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La remiten al pleno del Senado

Comisión aprueba ley de diferimiento de créditos

El diferimiento no equivale a una condonación de la deuda, sino a una reprogramación temporal de las cuotas

Nacional
  • La Paz / ABI
  • 11/10/2025 00:00
Comisión aprueba ley de diferimiento de créditos
Una de las últimas sesiones de la Cámara de Senadores

La Comisión de Planificación del Senado aprobó el proyecto de ley que suspende de forma temporal embargos y ejecuciones judiciales para créditos de vivienda de interés social y prevé diferimiento del pago de cuotas de préstamos para vivienda social y a micro y pequeños prestatarios.

El presidente de la Comisión, Benjamín Vargas, indicó que el informe fue remitido a la presidencia del Senado para que la próxima semana sea considerado en el pleno del Senado.

“Se ha aprobado en la Comisión, seguramente va a llegar a su tratamiento a la plenaria, con el proyecto no se está entorpeciendo a nadie, no se está perjudicando ni a los bancos ni a los propios prestatarios, sino que estamos garantizando de que al hermano prestatario no le judicialicen sus bienes”, argumentó el senador.

Aprobada por la Cámara de Diputados el 12 de septiembre, la propuesta fue remitida el 16 de septiembre por la directiva del Senado a la Comisión de Planificación para su tratamiento.

La propuesta plantea que, por el plazo de seis meses computables a partir de la publicación de la ley, se suspenden los “embargos, remates, desapoderamientos, ejecuciones de sentencias y otras medidas judiciales” vinculadas a estos créditos, y establece que cualquier actuación contraria “es nula de pleno derecho”.

Se propuso esta medida debido a que un amplio sector de la población, especialmente microempresarios, pequeños empresarios y autónomos, enfrenta dificultades para cumplir con sus obligaciones crediticias a causa de fenómenos climáticos adversos, conflictos sociales y la compleja situación económica. Además, se busca prevenir la pérdida de viviendas o el cierre de pequeños negocios por deudas no pagadas.

El diferimiento no equivale a una condonación de la deuda, sino a una reprogramación temporal de las cuotas, lo que garantiza que los deudores continuarán con sus pagos una vez finalizado el periodo de suspensión. Así, la deuda no desaparece, sino que se pospone de manera accesible.

Asimismo, la ley también busca asegurar la estabilidad del sistema financiero al evitar un aumento en las ejecuciones judiciales.

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