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Movimiento de maquinaria

Cerro Rico: Comibol restringe labores mineras

“El traslado de maquinaria pesada está restringida, por razones de seguridad y estabilidad geológica del Cerro Rico”, indica la información oficial

Nacional
  • Potosí / ABI
  • 20/09/2025 00:00
Cerro Rico: Comibol restringe labores mineras
Mineros se informan de las restricciones en el Cerro Rico

La Corporación Minera de Bolivia (Comibol) restringió laborales para la extracción de minerales y, movimiento de maquinaria pesada por razones de seguridad y estabilidad geológica del Cerro Rico, en consenso con la Federación de Cooperativas Mineras de Potosí (FEDECOMIN) y, los presidentes de las cooperativas mineras.

El movimiento y traslado de maquinaria pesada al Cerro Rico, también está prohibida

En adelante “las actividades mineras en el Cerro Rico comienzan a las 06h00 y culminan a las 20h00”, refiere un panel informativo difundido en la base técnica de Pailaviri, ubicado en las faldas del macizo rocoso, zona considerada estratégica para el movimiento de actividades productivas mineras.

El movimiento y traslado de maquinaria pesada al Cerro Rico, también está prohibida y sujeta a una autorización expresa previa justificación técnica. “El traslado de maquinaria pesada está restringida, por razones de seguridad y estabilidad geológica del Cerro Rico”, indica la información oficial.

Los impedimentos también implican la existencia de una zona de seguridad. “La Comibol fijó un radio de seguridad de 200 metros que se extiende desde la cota 4.400 m.s.n.m. hasta la cúspide del Cerro Rico”, establece la información oficial que compartió la empresa con decenas de operadores mineros que visitan a diario la oficina técnica para recabar las tornaguías (autorización oficial para la extracción de minerales).

Amparada en el Decreto Supremo N° 27787, de octubre de 2004, la estatal minera recordó a los operadores mineros que “…ningún trabajo de explotación minera subterránea podrá sobrepasar el límite de la zona de seguridad…” y que por lo tanto “...están prohibidas operaciones mineras tanto superficiales como en interior mina en las áreas donde existen hundimientos geológicos en el macizo rocoso”.

“Las cooperativas mineras están obligadas a garantizar la estabilidad de la gradiente del Cerro Rico, preservar la estructura morfológica rocosa y, estabilidad de los terrenos, condición para la perdurabilidad de la fuente de trabajo (D.S. N° 27787)”, señala el panel informativo como reflexión a los operadores mineros sobre la responsabilidad que tienen en la preservación geológica del macizo rocoso.

Desde la gestión 2022, las cooperativas vienen coadyuvando con el proyecto de emergencia denominado “Relleno Seco” destinado a mitigar las incidencias geológicas que existen en el macizo rocoso.

Al respecto el panel informativo prevé que “el traslado de relleno seco para mitigar los hundimientos es responsabilidad de los operadores mineros, pero que, el incumplimiento de la disposición implica restricción de acceso a la tornaguía e imposición de sanciones a los infractores”.

La advertencia está dirigida a algunos operadores mineros que, hacen caso omiso, o simplemente, no acatan disposiciones, tanto de la cooperativa como de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), para que cumplan con la responsabilidad de mitigar los hundimientos en el Cerro Rico.

La migración de actividades mineras por debajo de la cota 4.400 y, el cierre de minas que existen en la zona declarada prohibida, es también motivo de información para los operadores mineros.

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