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La ANP pide al TSE dejar sin efecto sanciones a medios de comunicación

Rechazan que el SIFDE recomendara al TSE una sanción a cuatro medios por la publicación de columnas de opinión, entre el 15 y el 17 de agosto pasado, por considerar que sus contenidos favorecieron o o afectaron a los candidatos

Nacional
  • ANP
  • 14/09/2025 19:18
La ANP pide al TSE dejar sin efecto sanciones a medios de comunicación
La ANP pide dejar sin efecto la sanción a medios de comunicación

Los periódicos representados por la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) pidieron al Tribunal Supremo Electoral (TSE) dejar sin efecto la sanción económica y el marginamiento como anunciadores en el próximo proceso electoral que afectaría al menos a cuatro medios de comunicación independientes.

En un comunicado, la ANP alertó que el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) recomendó a la Sala Plena del TSE una sanción a los periódicos El Diario de La Paz, Correo del Sur de Sucre y los portales informativos Urgentebo y Brújula Digital por la publicación de columnas de opinión, entre el 15 y el 17 de agosto pasado, por considerar que sus contenidos favorecieron o afectaron a los candidatos participantes de las elecciones generales.

La multa propuesta a la Sala Plena del TSE es equivalente al doble del monto de la tarifa más alta inscrita en el Órgano Electoral y la inhabilitación del medio para difundir propaganda electoral en el siguiente proceso electoral.

En el caso del Correo del Sur y Urgentebo, la columna escrita por Carlos Valverde hacía referencia a una denuncia sobre una supuesta obligación impuesta a funcionarios públicos para revelar su voto con una fotografía tomada en los recintos electorales.

El propio TSE emitió un instructivo que prohibió el ingreso “al recinto reservado de votación, portando celulares con cámara”. “El informe del SIFDE no parece estar en consonancia con la política de transparencia electoral demostrada por los vocales del TSE”, observa el mensaje de la ANP.

Los diarios asociados explican al TSE que la recomendación del SIFDE es contraria a los estándares internacionales, la Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley de Imprenta que excluyen la censura previa a la opinión y difusión de ideas por cualquier medio.

“La ANP, en representación de los medios impresos de Bolivia, hace un llamado al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para rectificar actuaciones contrarias a los estándares internacionales, a la Constitución y a la Ley de Imprenta, con el ánimo de contribuir a una renovada etapa de recuperación y fortalecimiento de los valores democráticos”, expresa el mensaje de la ANP.

El texto del comunicado es el siguiente:

La ANP exhorta a la Sala Plena del TSE a evitar sanciones a medios de comunicación

Los periódicos representados por la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) exhortan a la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) a que, en estricta aplicación de la Constitución Política del Estado (CPE), desvirtúe el pedido de sanciones a medios de comunicación recomendado por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) por supuestas contravenciones al Régimen de Propaganda y Campaña Electoral.

La ANP ha tomado conocimiento de al menos cuatro recomendaciones del SIFDE que piden sanciones económicas para los periódicos Correo del Sur de Sucre, El Diario de La Paz y los portales Urgentebo y Brújula Digital por la difusión de columnas de opinión entre el viernes 15 de agosto y el domingo 17 de agosto pasado, con el argumento de que los textos favorecen o afectan a los candidatos presidenciales.

Las columnas de opinión no tienen propósito propagandístico y se adecuan al parágrafo segundo del artículo 106 de la CPE que “…garantiza a las bolivianas y los bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho de emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa”.

Los medios independientes cuestionados en el informe del SIFDE son defensores de los derechos constitucionales y, en virtud de esas garantías, publicaron los análisis de los columnistas Carlos Valverde (Correo del Sur y Urgentebo), de Augusto Vera (El Diario) y de Manuel Morales (Brújula Digital).

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2000), la CPE (2009) y la Ley de Imprenta (1925) excluyen la censura previa. En consecuencia, la Ley Electoral de 2010 y reglamentos contrarios a estas normas se hallan en flagrante colisión con los derechos citados.

La columna de Valverde, publicada en varios medios, comenta una denuncia ampliamente difundida de un supuesto cohecho electoral que motivó la emisión de un instructivo del TSE (TSE-PRES-SC No. 023/2025) que prohibió el ingreso “al recinto reservado de votación, portando celulares con cámara”.

El informe del SIFDE no parece estar en consonancia con la política de transparencia electoral demostrada por los vocales del TSE.

La Organización de Estados Americanos (OEA) señala que el periodismo, en el contexto de una sociedad democrática, representa una de las manifestaciones más importantes de la libertad de expresión e información.

Las actividades de la prensa son elementos fundamentales para el funcionamiento de las democracias, ya que son los periodistas y medios de comunicación los que mantienen informada a la sociedad sobre lo que ocurre y sus distintas interpretaciones, una condición necesaria para que el debate público sea fuerte, informado y vigoroso.

La ANP, en representación de los medios impresos de Bolivia, hace un llamado al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para rectificar actuaciones contrarias a los estándares internacionales, a la Constitución y a la Ley de Imprenta, con el ánimo de contribuir a una renovada etapa de recuperación y fortalecimiento de los valores democráticos.

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