CC busca la inconstitucionalidad del DS que obliga a tramitar uso de vidrios oscuros
Los legisladores Barrientos, Lero y Reyes presentaron una acción de inconstitucionalidad ante el TCP
Legisladores de Comunicad Ciudadana presentan ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una acción de inconstitucionalidad de los decretos supremos que exigen tramitar una autorización para el uso de vidrios oscurecidos y polarizados bajo amenaza de sanciones.
La senadora Andrea Barrientos, los diputados Alejandro Reyes y Toribia Lero presentaron la acción de inconstitucionalidad bajo el principal argumento que un decreto no está por encima de una ley y menos de la Constitución.
La acción es en contra del presidente del Estado, Luis Arce y del ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, “con el objeto de pedir que se pueda declarar la inconstitucionalidad de tres decretos emitidos por el órgano Ejecutivo autorizando que se pueda hacer registro de vidrios polarizados”, declaró la diputada Lero.
El Gobierno aprobó el decreto supremo 4740 de junio de 2022, con el objeto de establecer la autorización para la utilización de vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos terrestres.
En relación a la infracción debía entrar en vigencia a los 90 días desde la aprobación del reglamento, asimismo, se fijó el plazo para que los propietarios de vehículos tramiten la autorización respectiva.
Sin embargo, el 12 de octubre, aprobaron otro decreto supremo 4810, que modificó la anterior norma para postergar la vigencia sobre el cobro de la infracción, que sería a partir del 1 de enero de 2023. Mientras que el trámite de autorizaciones vencía este 31 de diciembre.
La última modificación a estos plazos, hizo conocer el viceministro de Seguridad Ciudadana, Roberto Ríos, el 28 de diciembre informó que se amplió hasta el 31 de enero de 2023 el plazo para tramitar la autorización, y que a partir de este 1 de febrero la Policía haría los controles y que los propietarios que no cuenten con la autorización deberán pagar una multa de Bs 100.
La senadora Barrientos dijo que “nadie puede estar obligado a pagar una multa totalmente ilegal”; además porque es una norma “discriminatoria” en el cobro diferenciado de la infracción, ya sea transporte oficial o privado.
Añadió que también se incurre en una doble tributación, lo que también es ilegal. “Hemos presentado esta acción de inconstitucionalidad porque está fuera de norma. No hay por qué pagar la multa ya es inconstitucional”.