Primera etapa
Defensoría: 198 postulantes se presentaron como candidatos
A las 18.00 horas se cerraron las puertas del Palacio de la Revolución y había varias personas que aguardaban entregar su documentación respectiva
El proceso de selección y designación a la Defensoría del Pueblo concluyó la noche de este viernes con la recepción de 198 postulantes en las oficinas de la Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral.
A las 18.00 horas se cerraron las puertas del Palacio de la Revolución y había varias personas que aguardaban entregar su documentación respectiva. Cerca de las 20.00, el abogado orureño Édgar Marcial Crispín Huarachi, de 40 años, fue el último en inscribirse.
El presidente de la Comisión Mixta de Constitución, Rubén Gutiérrez, destacó que haya profesionales de diferentes áreas, como abogados, comunicadores y educadores.
Ni bien concluyó esta etapa, la comisión legislativa instaló la sesión, por tiempo y materia, para realizar el acta de cierre del libro de actas de registro de postulantes.
En 2016, en el anterior proceso de selección y designación, hubo 163 postulantes lo que hace una diferencia de 35 postulantes más para esta ocasión. “Eso significa que hay expectativa y confianza en este proceso de preselección y designación”, añadió.
Este sábado, a las 08.30 se abrirán los sobres de los inscritos ante la presencia de un Notario de fe Pública, luego, al día siguiente, se oficializará la lista de los registrados en los sitios web de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Entre el 4 al 9 de abril, la Comisión Mixta de Constitución verificará el cumplimiento de los 18 requisitos establecidos.
Los requisitos 16,17 y 18 son los que pueden inhabilitar a varios candidatos.
El requisito 16 establece que los candidatos no debieron ser dirigentes de organizaciones políticas, candidata o candidato a cargos electivos en los últimos ocho años. Entre los postulantes hay varios excandidatos y exdiputados.
El requisito 17 prohíbe presentarse a las personas que hubieran tenido militancia en alguna organización política al menos ocho años antes del momento de la postulación.
Finalmente, el punto 18 establece que no debieron ser servidores públicos designados en cargos de ministros, viceministros, embajadores, secretarios de gobernaciones o municipios en los últimos ocho años.