Legisladores condenan persecución a 592 personas en el régimen de Áñez



Los senadores Rubén Gutiérrez Carrizo y María Castillo Negrette, ambos del Movimiento Al Socialismo (MAS), condenaron que el régimen de Jeanine Áñez haya vulnerado la privacidad de 592 personas para aplicar un plan de investigación durante el gobierno transitorio, indicó la Agencia Boliviana de Información (ABI).
Las autoridades se pronunciaron luego de que se revelara que el régimen de Áñez vulneró, en febrero de 2020, la protección de "tarjetas prontuario" de 592 personas para acceder a información privada, pese a que existe una prohibición expresa de reglamento del Servicio General de Identificación Personal (Segip) que protege los archivos de datos personales de todos los habitantes del país.
"Ésta es una de muchas maniobras que realizó desde que entró al Gobierno con el golpe de Estado. Áñez no hizo más que realizar actos con el fin de instigar a la población", dijo Castillo, quien ejerce la presidencia de la Comisión de Seguridad del Estado, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana en el Senado.
Asimismo indicó que es necesario que el caso pase por los conductos regulares de la Asamblea Legislativa Plurinacional para que así la comisión respectiva comience el tratamiento y coadyuve en las investigaciones, si corresponde.
El senador Gutiérrez cuestionó que en el régimen de Áñez se aplique un plan de investigación sin tomar en cuenta el respeto a los derechos y más aún cuando existen protocolos de protección a datos personales.
"En el fondo, lo que se hacía era persecución política y, en este caso, violando la Constitución, las libertades democráticas y también el derecho a la privacidad que tienen los bolivianos", Señaló Gutiérrez.
"En su momento, vamos a analizar (el caso) como bancada parlamentaria, porque la violación a los derechos está protegida por la Constitución, (por) los instrumentos de derechos humanos y no prescriben. Vamos a evaluar", aseveró.
El Artículo 61 del Reglamento del Registro Único de Identificación Personal prohíbe la entrega de documentos originales de archivo del Segip y de fotocopias simples, autenticadas o legalizadas de las Tarjetas de Identificación Personal Históricas o Digitales.