El Gobierno aprobó recientemente el Decreto Supremo (DS) 4409
Asoban rechaza la norma que cambia el diferimiento
“Dichas cuotas diferidas no generarán intereses extraordinarios o adicionales, no se podrá incrementar la tasa de interés ni se ejecutarán sanciones”, dice la norma
Las entidades financieras afiliadas a la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) emitieron un comunicado este sábado en rechazo al Decreto Supremo (DS) 4409, recientemente aprobado por el Gobierno, que establece, entre otros aspectos, que las cuotas diferidas no generarán ni devengarán intereses extraordinarios o adicionales.
El comunicado de la Asoban señala que desde el inicio de la emergencia sanitaria en el país los bancos asociados apoyaron a las familias y empresas con el diferimiento de cuotas de créditos en aplicación de la ley y sus decretos complementarios.
“En este sentido, Asoban expresa su desacuerdo con el Decreto Supremo 4409, que modifica la reglamentación respecto a los intereses devengados sobre el capital diferido. Esta medida vulnera lo establecido por la normativa legal sobre las relaciones y obligaciones contractuales entre privados, la seguridad jurídica y contraviene la Constitución Política del Estado, al obligar su aplicación retroactiva", se lee en el comunicado
La disposición adicional única del DS 4409 establece la modificación el Artículo 2 del Decreto Supremo 4206 de abril 2020 al señalar que: “II. Las entidades de intermediación financiera, contabilizarán las cuotas diferidas en las cuentas especiales establecidas para este efecto. Dichas cuotas diferidas no generarán ni devengarán intereses extraordinarios o adicionales, no se podrá incrementar la tasa de interés ni se ejecutarán sanciones ni penalizaciones de ningún tipo. Los montos correspondientes al interés devengado por el capital de las cuotas diferidas, se mantendrán invariables, no pudiendo el capital diferido, generar ningún tipo de carga financiera adicional, ni mayores intereses por este concepto”.
Entre otras medidas establecidas, están que las cuotas diferidas por la pandemia del coronavirus sean pagadas sólo al final del periodo total del préstamo, eliminando de esa manera las modalidades de pago alternativas establecidas en el gobierno de Jeanine Añez.
Asimismo, el decreto dispone que los bancos deberán refinanciar y/o reprogramar los créditos que se volverán a cancelar desde enero, mes en el que los prestatarios deberán retomar los planes de pago que tenían "congelados" desde marzo y hasta diciembre, por los efectos del confinamiento.
Sin embargo, la Asoban manifestó su disposición de contribuir con la reactivación de la economía junto al Gobierno actual.