Abdo promulga leyes para modificar Código Penal
El presidente paraguayo, Mario Abdo Benítez, hizo firme ayer dos leyes que intentan transformar el Código Procesal Penal en la búsqueda de una fórmula capaz de movilizar al enquistado sistema judicial del país. Una de esas normativas prevé devolverles a los jueces la potestad para dar...



El presidente paraguayo, Mario Abdo Benítez, hizo firme ayer dos leyes que intentan transformar el Código Procesal Penal en la búsqueda de una fórmula capaz de movilizar al enquistado sistema judicial del país.
Una de esas normativas prevé devolverles a los jueces la potestad para dar medidas alternativas a la prisión y otra establece nuevos plazos y prórrogas para estudiar las revisiones de condenas judiciales.
Según las fuentes, las modificaciones promulgadas de forma oficial complementan la aplicación correcta de la norma ya aprobada por ambas Cámaras del Congreso sobre el artículo 245 del Código Procesal Penal.
Ese apartado habla sobre los plazos y modifica tres artículos del Código, de manera transitoria, hasta el 31 de enero de 2020, además concede nuevamente la autoridad a los magistrados para aplicar esas medidas. Básicamente, las modificaciones harán que los jueces tengan tiempo de resolver si dan o no medidas alternativas a la prisión para los presos, aseguraron los analistas.
El plazo se amplía para las medidas alternativas de 48 horas a cinco días y para las resoluciones fictas (simuladas, fingidas), de 24 horas a 10 días. El asesor jurídico de la Presidencia, Hernán Huttemann, señalo que la primera de las dos leyes que promulgó este viernes el presidente, es la modificación del artículo 245 del Código Procesal Penal.
Además establece volver a la redacción original que previa que fuera el juez quien determine si la persona podía obtener o no medidas sustitutivas alternativas a la prisión, señaló Huttemann.
Argumentó que la otra normativa modifica los artículos 129, 141 y 251 del Código Procesal Penal y está relacionada con la reforma del 245.
Una de esas normativas prevé devolverles a los jueces la potestad para dar medidas alternativas a la prisión y otra establece nuevos plazos y prórrogas para estudiar las revisiones de condenas judiciales.
Según las fuentes, las modificaciones promulgadas de forma oficial complementan la aplicación correcta de la norma ya aprobada por ambas Cámaras del Congreso sobre el artículo 245 del Código Procesal Penal.
Ese apartado habla sobre los plazos y modifica tres artículos del Código, de manera transitoria, hasta el 31 de enero de 2020, además concede nuevamente la autoridad a los magistrados para aplicar esas medidas. Básicamente, las modificaciones harán que los jueces tengan tiempo de resolver si dan o no medidas alternativas a la prisión para los presos, aseguraron los analistas.
El plazo se amplía para las medidas alternativas de 48 horas a cinco días y para las resoluciones fictas (simuladas, fingidas), de 24 horas a 10 días. El asesor jurídico de la Presidencia, Hernán Huttemann, señalo que la primera de las dos leyes que promulgó este viernes el presidente, es la modificación del artículo 245 del Código Procesal Penal.
Además establece volver a la redacción original que previa que fuera el juez quien determine si la persona podía obtener o no medidas sustitutivas alternativas a la prisión, señaló Huttemann.
Argumentó que la otra normativa modifica los artículos 129, 141 y 251 del Código Procesal Penal y está relacionada con la reforma del 245.