Por decisión del Tribunal de Disciplina Deportiva
Aurora recibe como castigo iniciar el torneo con menos 33 puntos
En aplicación al numeral 1 del artículo 29 del Código Disciplinario de la FBF, se procedió a la quita de 33 puntos “mismos que no beneficiarán a ningún club



Aurora comenzará la temporada 2025 con menos 33 puntos de la tabla acumulativa, por decisión del Tribunal de Disciplina Deportiva (TDD) de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), que declaró culpable al club celeste, tras una evaluación y acreditación de las pruebas presentadas en el caso de suplantación de identidad del futbolista Montaño Moizán.
En aplicación al numeral 1 del artículo 29 del Código Disciplinario de la FBF, se procedió a la quita de 33 puntos “mismos que no beneficiarán a ningún club y que deberán ser cumplidos en el próximo campeonato oficial de la FBF (GESTIÓN 2025)”, indica la resolución emitida por el TDD, este viernes, agregando que este castigo afectará para “la sumatoria en el cómputo de la tabla acumulada que defina tanto los premios como los descensos de 2025”.
En la misma resolución, del estudio jurídico paraguayo Godoy Ayala, se instruye a la Dirección de Competiciones de la FBF, a cargo de Klaus Von Landwust, el cumplimiento de la presente determinación.
Cabe mencionar, que la fecha estimada del inicio del certamen oficial de esta gestión será los primeros días de abril, con una modalidad de torneo, todavía por definirse, en una reunión del Consejo Superior de la División Profesional, que a su vez no tiene una fecha para su convocatoria. La dirigencia federativa esperaba las determinaciones punitivas para emitir el documento.
En principio, el espíritu de la demanda de Royal Pari era que los puntos sean restados de los partidos en los cuales participó Montaño Moizan –21 cotejos en total– del torneo 2024, con modificación en la tabla, en procura de alterar esta comparativa y si los números no alcanzaban tendría que descender de categoría.
Conocida esta resolución, tanto Aurora como Royal Pari tiene a su alcance el recurso de observación, ante el Tribunal Superior de Apelación de la FBF, para tratar de revertir el fallo, en el caso de los inmobiliarios, si están disconformes con la determinación.