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La Ley N° 026 de Régimen Electoral clasifica el sufragio en tres categorías: Voto válido, cuando el elector marca correctamente por un candidato; voto en blanco, cuando se entrega la papeleta sin ninguna marca; voto nulo, cuando se marcan más de una casilla o se realizan tachaduras o dibujos que anulen la papeleta. El artículo 52 de la norma señala que solo los votos válidos definen al ganador, mientras que los blancos y nulos se registran únicamente con fines estadísticos.


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