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Promulgan la esperada norma de reajuste de precios

DS 5597: alivio para constructoras y desafío para el Estado en crisis

Tras meses de presión y amenazas de paralización, el sector de la construcción logra una herramienta legal para equilibrar sus finanzas ante la inflación de insumos. Advierten riesgos con esta normativa

Ecos de Tarija
  • Leonel Suárez
  • 07/04/2026 00:00
DS 5597: alivio para constructoras  y desafío para el Estado en crisis
Sector de la construcción en Tarija

En un contexto de desaceleración económica, incremento sostenido de precios en insumos y amenazas de paralización de obras públicas, el Gobierno nacional promulgó el Decreto Supremo N° 5597, una norma que habilita de manera excepcional el ajuste de precios en contratos de obra pública. La medida, celebrada por el sector de la construcción, busca destrabar proyectos y garantizar su continuidad; sin embargo, también abre debate sobre los riesgos fiscales y la capacidad real del aparato estatal para sostener estos ajustes.

Respuesta a la presión del sector

Durante los últimos meses, el sector de la construcción había intensificado sus demandas ante el encarecimiento de materiales, maquinaria y combustibles, factores que alteraron las condiciones bajo las cuales se firmaron los contratos de obra pública. Sumado las advertencias de rescisión de contratos y movilizaciones que se dieron en estas últimas semanas, pusieron en alerta al Gobierno, que finalmente respondió con la promulgación del DS 5597.

La norma permite ajustar, de forma excepcional y temporal —hasta el 31 de diciembre de 2026—, los precios en contratos de obra y contratos “llave en mano” suscritos por entidades públicas, bajo el marco del Decreto Supremo N° 0181, que regula las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

El objetivo es evitar la paralización de proyectos, garantizar su calidad y preservar la inversión pública en un escenario económico volátil.

¿Qué cambia con el DS 5597?

El decreto establece que los ajustes de precios se aplicarán exclusivamente a materiales de construcción, maquinaria y equipo, dejando fuera los costos indirectos como administración, mano de obra o utilidades.

La fórmula de cálculo se basa en la diferencia entre el precio actual y el precio original del contrato, multiplicada por el saldo pendiente de ejecución. Además, se autoriza la suscripción de un único contrato modificatorio entre las entidades públicas y los contratistas, lo que permitirá actualizar montos, ampliar plazos y ajustar garantías.

Otro punto relevante es la inclusión de facultades especiales, como el ajuste del precio del diésel, la modificación del alcance de los contratos —sin afectar su funcionalidad— e incluso la posibilidad de resolver contratos sin penalización ni registro negativo en el Sistema de Contrataciones Estatales (SICOES), en caso de que el ajuste no sea viable.

No obstante, el decreto también establece límites, no se aplicará a insumos que ya fueron reajustados bajo el DS 5321, aprobado en enero de 2025.

Un respiro para las constructoras

Para el sector privado, la norma representa un alivio en medio de una coyuntura compleja. Empresas constructoras y proveedores ven en el decreto una herramienta que les permite evitar pérdidas económicas, renegociar plazos y continuar con proyectos que estaban en riesgo de paralización.

El dirigente de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB), Pascual Velásquez, destacó que la promulgación del decreto responde a la presión ejercida por el sector y advirtió que, sin esta medida, muchas obras en el país habrían quedado inconclusas, afectando también al empleo.

Según explicó, el DS 5597 permitirá iniciar procesos administrativos para equilibrar financieramente los contratos y reactivar proyectos, lo que a su vez contribuiría a sostener una fuente laboral que involucra a cerca de un millón de trabajadores a nivel nacional.

A pesar del optimismo, reconoció que aún existen temas pendientes por resolver, aunque considera que la norma es un paso importante hacia la reactivación económica.

El costo para el Estado

Si bien el decreto ofrece ventajas operativas para el sector público —como evitar procesos de rescisión, nuevas licitaciones y mayores retrasos—, también implica otros desafíos.

El principal riesgo es el incremento del gasto público en proyectos ya contratados, en un contexto donde muchas entidades enfrentan limitaciones presupuestarias. La exigencia de contar con disponibilidad financiera real para asumir los ajustes podría convertirse en un obstáculo para su implementación efectiva.

Además, advierten sobre el riesgo de uso discrecional de la norma. La posibilidad de aplicar “porcentajes adicionales” a los límites establecidos en el DS 0181 abre un margen de interpretación que, sin controles adecuados, podría derivar en sobreprecios o malas prácticas.

A esto se suma la presión administrativa, cada ajuste requerirá informes técnicos, financieros y legales, lo que podría ralentizar los procesos y generar cuellos de botella en la gestión pública.

Responsabilidad
Estado enfrenta el reto de aplicarla con responsabilidad, garantizando transparencia, sostenibilidad fiscal y eficiencia en la inversión pública

Puntos críticos bajo la lupa

El DS 5597 también plantea interrogantes sobre su aplicación en el corto plazo. Su vigencia hasta diciembre de 2026 podría generar una carrera contra el tiempo para ajustar contratos, aumentando el riesgo de errores o decisiones apresuradas.

Otro aspecto cuestionado es la exclusión de costos indirectos, lo que deja a los contratistas expuestos a incrementos en rubros como administración o financiamiento, limitando el alcance real del ajuste.

Asimismo, la posibilidad de resolver contratos sin indemnización —cuando el ajuste no sea viable— podría desincentivar la participación de empresas en futuras licitaciones, al trasladar parte del riesgo al sector privado.

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