La Defensoría exige transparencia
Apartan a juez agroambiental del caso por Domo Oso X-3 y surgen cuestionamientos
La Defensoría a inicios de año presentó una acción ambiental precautoria que consiguió una paralización temporal del avance de los trabajos de YPFB y Petrobras. Ya se llevó adelante una primera audiencia y una inspección. Ahora corre el plazo para la presentación de documentos complementarios y posteriormente se debería conocer el fallo sobre el proyecto. Sin embargo, un apartamiento de la autoridad judicial ameritó un cuestionamiento.
Este martes la Defensoría del Pueblo ha emitido un pronunciamiento en el que refiere haber tomado conocimiento de la Resolución de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, mediante la cual declara legal una compulsa y aparta al Juez Agroambiental de Entre Ríos momentáneamente del conocimiento de la acción ambiental precautoria interpuesta por esta entidad defensorial.
Dicho comunicado expresa la demanda de que "cualquier actuación judicial relativa al Proyecto de Perforación Exploratoria: Pozo Domo Oso X-3 debe enmarcarse estrictamente en las garantías del debido proceso, así como de observar el principio de transparencia y acceso irrestricto a la información, al tratarse de un caso de alta sensibilidad social y ambiental".
Parte del pronunciamiento indica que la institución mantendrá la vigilancia al avance de la causa.
"Reiteramos nuestra postura firme respecto a la protección territorial de Chiquiacá y sus áreas de influencia. Exhortamos a la jurisdicción agroambiental a asumir decisiones que resguarden los derechos colectivos, derechos de la Madre Tierra y el equilibrio ecológico.
La institución permanecerá vigilante para que cualquier actuación se realice en observancia de los principios de publicidad y respeto a la normativa ambiental vigente.
La Defensoría del Pueblo es una Institución Nacional de Derechos Humanos con estatus ‘A’, cuya función es velar por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, que se establecen en la Constitución Política del Estado, las leyes y los instrumentos internacionales, con independencia y autonomía plena; que, en el ejercicio de sus funciones, no recibe instrucciones de los órganos del Estado", señala la publicación.





