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Camino al Cambio: No hay el sustento legal para inhabilitar a Mario Cossío

La agrupación CDC confía en el análisis y decisión que tome el TED de Tarija. Mauricio Lea Plaza asegura que cumplirán la determinación que se tome, pues asegura que Cossío cumplió con todos los requisitos

Ecos de Tarija
  • Redacción Central / El País
  • 27/01/2026 00:36
Camino al Cambio: No hay el sustento legal para inhabilitar a Mario Cossío
Mario Cossío Cortez en campaña

Una demanda presentada por el ciudadano Juan José Aramayo y fechado el 26 de enero de 2026 en el Tribunal Electoral Departamental de Tarija pide la inhabilitación de Mario Cossío Cortez como candidato a la Gobernación de Tarija. Según el denunciante, Cossío no hubiera cumplido con las exigencias de residencia en el país y falseó la información de su declaración jurada. Desde Camino Democrático al Cambio (CDC) aseguran que la solicitud de inhabilitación no tiene sustento legal.

La demanda de inhabilitación asegura que Mario Cossío “ha vivido la mayor parte de los dos últimos años en Paraguay” y que por ende “no ha constituido un proyecto de vida en el departamento de Tarija”. Al contrario de eso, estima que su proyecto – residencia, trabajo, familia, etc., - está ligado a Paraguay, lo que sería un incumplimiento de las normas constitucionales al respecto de la habilitación.

Mauricio Lea Plaza, allegado a Cossío y militante de CDC, aseguró que hasta anoche la agrupación política no había sido notificada por el TED de Tarija.

LEA TAMBIÉN: Presentan demanda de inhabilitación contra Mario Cossío

“Esta es una típica maniobra a la que nos tenía acostumbrado el gobierno anterior. Este tipo de actos, restringir los derechos políticos de las personas, a partir de recursos legales que no tienen sustento”, dijo Lea Plaza.

Sobre los motivos que argumentan la demanda, Lea Plaza recordó que existe un Reglamento del órgano electoral que establece cómo se acredita el domicilio de un candidato y qué tipo de documentos lo prueban.

El requisito de la residencia establece: haber residido de forma permanente al menos dos años inmediatamente anteriores a la elección en el departamento. Ese requisito tiene como documento habilitante el certificado original y actualizado del registro del domicilio electoral, circunscripción, asiento y recinto consignados al padrón electoral biométrico y una declaración notariada original.

“Esto significa que la manera de probar la residencia es a través del sufragio. Mario Cossío ha sufragado en las elecciones anteriores y en todas aquellas, dos años inmediatamente anteriores a la presente elección”, aseguró, documentación que está notariada.

Además, Lea Plaza hizo referencia a otro artículo en el Reglamento, que fue ignorado por el demandante. Las excepciones a la residencia.

“Los tribunales electorales (…) deben considerar las siguientes excepciones: personas repatriadas que con anterioridad a su retorno a territorio nacional hubieran tenido por acreditada su condición de refugiado en territorio extranjero”. Para confirmar esta excepción se tiene que presentar el documento emitido por la autoridad competente que acredite la condición de refugiado en territorio extranjero.

Según Lea Plaza, CDC presentó ese documento al momento de registrar la candidatura de Mario Cossío. “Se ha presentado el certificado vigente de refugio. Entonces, por un lado se presentó el requisito de la residencia y para reforzar aquello se ha acreditado que Mario Cossío está en una situación excepcional porque está en un proceso de repatriación. Entonces, no hay ningún sustento técnico legal que pueda invalidar o cuestionar la habilitación de Mario Cossío”, reiteró.

Dicho esto, Lea Plaza calificó la demanda como un recurso desesperado que está utilizando “un candidato que se ve perdido en la carrera electoral”. Aseguró que no conoce al demandante, pero cree que es una persona que ha sido encomendada para hacer esa tarea “al que los autores intelectuales no quieren poner su nombre. Pero todo mundo sabe de dónde viene esto, no es muy difícil darse cuenta. ¿A quién le interesa que Mario Cossío quede inhabilitado?”.

En todo caso, CDC confía en el análisis y decisión que tome el TED de Tarija. Lea Plaza asegura que cumplirán la determinación que se tome. “No tenemos ninguna duda de que va a ser rechazada esta demanda, porque no tiene ningún sustento legal, está carente de elementos probatorios que puedan demostrar que Mario Cossío no habría cumplido alguno de los requisitos”.

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