ATT: Desde mayo las empresas deben retirar la maraña de cables
El Gobierno Municipal de Tarija tiene pendiente la aplicación de la Ley Municipal N°206, que conmina a retirar el cableado aéreo y establecer un sistema subterráneo. La norma aún no ha sido reglamentada
En cumplimiento de la Resolución Administrativa 386/2023 emitida en agosto del año pasado, la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) ha notificado a las empresas de telefonía e internet, para que inicien el retiro de las redes alámbricas en desuso. Ha pedido la participación de la Gobernación y el Gobierno Municipal de Tarija para coadyuvar en esta tarea.
El director de la ATT en Tarija, Marcelo Poma, manifestó que se ha pedido a las empresas realizar un relevamiento de las redes alámbricas que no están utilizando, y a partir de ello, elaborar un plan de retiro de estos cables, el cual deberá ejecutarse a partir del mes de mayo de la presente gestión.
“Como ustedes pueden evidenciar, en toda la ciudad los tenemos envueltos, mal instalados, un peligro para la ciudadanía, incluso instalados en la pared donde no corresponde, porque hay un procedimiento y protocolo con normas técnicas para la instalación de cables, todo eso se va ir regulando”, manifestó.
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Poma señaló que si las empresas notificadas no cumplen con el cronograma de retiro del cableado en desuso, se procederá con las sanciones respectivas.
La autoridad señaló que es necesario que a este trabajo pueda sumarse la Gobernación y Alcaldía de Tarija, además de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) y Servicios Eléctricos Tarija (Setar), ya que no solamente son las operadoras de telefonía las que están incumpliendo la normativa, sino también operadoras de electricidad.
Poma recordó que las quejas por las marañas de cables que afean la imagen de la ciudad de Tarija no son recientes, sino que se las arrastra desde hace más de una década, y que a la fecha la capital chapaca sigue contaminada visualmente con estos cables en desuso.
“La ATT ya ha dado su primer paso y está instruyendo a las entidades reguladas por nosotros, como lo son las operadoras de telecomunicaciones, en eliminar y sacar de los circuitos, todos los cables en desuso”, afirmó.
La autoridad instó a Setar sumarse a esta tarea, ya que la mayoría del cableado que existe en la capital chapaca es por las instalaciones que realiza.
Consultado si se tienen establecidas sanciones para las empresas que incumplan dicha disposición, Poma confirmó tal situación, sin embargo, evitó entrar en detalle sobre cuáles serán las multas. Enfatizó que estas serán aplicadas una vez que las empresas incumplan su plan operativo.
Poma no especificó cuántas empresas han sido notificadas en Tarija, pero dejó entrever que entre estas se encuentran las de telefonía como Entel, Viva y Tigo, además de la Cooperativa de Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Tarija (Cosett).
Pendiente el cableado subterráneo
Sobre esta reciente disposición de la ATT, El País intentó contactar con la Secretaría de Obras Públicas del Municipio para conocer cómo se va a encarar el trabajo, tomando en cuenta, que desde julio de 2019 tiene pendiente el cumplimiento de la Ley Municipal N°206 de “Tendido de redes”, misma que pretende establecer un sistema de cableado subterráneo. Sin embargo, no se pudo concretar la entrevista.
Cabe mencionar, que el incumplimiento a la Ley Municipal N°206 es porque, en estos más de cuatro años, la normativa no ha sido reglamentada por el Gobierno Municipal y en consecuencia las marañas de cables continúan dando una mala imagen en la capital chapaca.
La Ley N°206 tiene por objeto regular la autorización municipal para la instalación de redes. En su contenido hace mención que los sistemas de cableados deben estar insertos en ductos o en una canalización subterránea o empotrada, mediante los cuales se pueden trasladar más de una línea.
En las disposiciones transitorias de esta normativa aprobada el 27 de junio de 2019 por el Concejo Municipal de Tarija, establece un plazo de 120 días hábiles para que el órgano ejecutivo municipal elabore el reglamento de dicha Ley, situación que aún no ha sucedido.
Asimismo, la normativa, en su artículo 12, menciona que en el plazo de 90 días hábiles, a partir de la reglamentación, los operadores o proveedores de telecomunicaciones y otros que utilicen cables aéreos, deberán presentar un plan de contingencia y reestructuración de cableado en el área monumental. Este plan deberá contener la propuesta para el retiro y sustitución progresiva de las instalaciones y cableado ya existentes, concluyendo dicho proceso en un plazo de dos años a partir de la promulgación de la Ley.