Reforma de ley 031 habilita al chaco para gestionar créditos
La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó ayer el proyecto de ley de modificación a la Ley 031, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, que suprime la realización del referendo para constituir las autonomías indígenas y modifica las autonomías...



La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó ayer el proyecto de ley de modificación a la Ley 031, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, que suprime la realización del referendo para constituir las autonomías indígenas y modifica las autonomías regionales.
Con la modificación las autonomías regionales tienen la potestad de adquirir un crédito. El diputado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) y presidente de la Comisión de Constitución Lino Cárdenas explicó que “la autonomía regional no tiene las posibilidades hoy por hoy de activar acciones referidas a salud, educación, tampoco puede ser sujeto de crédito”, lo que cambia con la modificación.
“A iniciativa de las autoridades del Chaco, especialmente de su titular en cuanto a la instancia ejecutiva, José Quecaña, se modificó la normativa para que el Gobierno regional pueda incursionar en temas que tienen que ver con salud, educación y créditos con permiso del Gobierno Nacional, que es el órgano rector y ninguna autonomía puede escapar a ello”, expresó Cárdenas.
Al respecto la senadora Mirtha Arce se manifestó preocupada con la modificación al parágrafo XIII del artículo 108 de la normativa e indicó que se trata de una “trampa y una nueva sujeción a los niveles subnacionales ante el nivel central del Estado, quebrando la igualdad jerárquica”
La norma indica que las entidades autónomas pueden contraer créditos públicos, pero además de ser aprobados por los órganos deliberativos, como la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT), deberán estar dentro del marco de los lineamientos, procedimientos y condiciones establecidas en la normativa del nivel central de Estado.
“Es decir que, aunque la ALDT apruebe un préstamo igual debemos sujetarnos a lineamientos del nivel central. Quebranta todo principio de igualdad jerárquica de los niveles subnacionales”, expresó Arce.
Hasta ahora la única autonomía regional constituida en el país es de la provincia Gran Chaco. Cabe recordar que en mayo de 2017 el presidente Evo Morales promulgó la Ley transitoria para la conformación y el funcionamiento del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco, la Ley 927, con lo que dio paso al nacimiento del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco. Desde entonces, con la Gobernación se viene trabajando en la transferencia de competencia administrativas de las empresas departamentales.
Autonomía indígena
Antes de la modificación de la Ley 031, los pueblos indígenas estaban obligados a realizar dos referendos para su autonomía: uno para aprobar la conversión y el segundo para aprobar su estatuto.
Ese “doble referendo” provocó reclamos de parte de los indígenas, que consideran inconstitucional que se les obligue a realizar dos consultas para consolidar su autonomía.
El diputado Lino Cárdenas informó que, con la nueva reforma legal, los pueblos indígenas que quieran poner en vigencia su estatuto sólo requerirán de aprobarlo mediante sus usos y costumbres, además, de pasar el control de constitucionalidad del texto a cargo del Tribunal Constitucional.
En el país sólo tres pueblos indígenas lograron establecer su autogobierno: Raqaypampa, Charagua y Uru Chipaya. Organizaciones indígenas en el pasado culparon a la excesiva burocracia y al doble referendo como a los obstáculos para que se establezcan más autonomías.
La presidenta de la Cámara de Senadores, Adriana Salvatierra, indicó además que a partir de la modificación a la Ley de Autonomías se ajustan elementos de materias de salud a las autonomías, que establecen la formulación de planes regionales para la implementación del Sistema Único de Salud (SUS).
Nueve años después de su promulgación fue modificada
A nueve años de su promulgación la normativa fue modificada. La Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez fue promulgada el 19 de julio de 2010. Regula el régimen de autonomías de acuerdo con lo establecido en el artículo 271 de la Constitución Política del Estado y define las bases de la organización territorial del Estado boliviano. El 8 de junio del año 2019 se modificó la normativa y suprimió la realización del referendo para constituir las autonomías indígenas y modificó las autonomías regionales.
Con la modificación las autonomías regionales tienen la potestad de adquirir un crédito. El diputado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) y presidente de la Comisión de Constitución Lino Cárdenas explicó que “la autonomía regional no tiene las posibilidades hoy por hoy de activar acciones referidas a salud, educación, tampoco puede ser sujeto de crédito”, lo que cambia con la modificación.
“A iniciativa de las autoridades del Chaco, especialmente de su titular en cuanto a la instancia ejecutiva, José Quecaña, se modificó la normativa para que el Gobierno regional pueda incursionar en temas que tienen que ver con salud, educación y créditos con permiso del Gobierno Nacional, que es el órgano rector y ninguna autonomía puede escapar a ello”, expresó Cárdenas.
Al respecto la senadora Mirtha Arce se manifestó preocupada con la modificación al parágrafo XIII del artículo 108 de la normativa e indicó que se trata de una “trampa y una nueva sujeción a los niveles subnacionales ante el nivel central del Estado, quebrando la igualdad jerárquica”
La norma indica que las entidades autónomas pueden contraer créditos públicos, pero además de ser aprobados por los órganos deliberativos, como la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT), deberán estar dentro del marco de los lineamientos, procedimientos y condiciones establecidas en la normativa del nivel central de Estado.
“Es decir que, aunque la ALDT apruebe un préstamo igual debemos sujetarnos a lineamientos del nivel central. Quebranta todo principio de igualdad jerárquica de los niveles subnacionales”, expresó Arce.
Hasta ahora la única autonomía regional constituida en el país es de la provincia Gran Chaco. Cabe recordar que en mayo de 2017 el presidente Evo Morales promulgó la Ley transitoria para la conformación y el funcionamiento del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco, la Ley 927, con lo que dio paso al nacimiento del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco. Desde entonces, con la Gobernación se viene trabajando en la transferencia de competencia administrativas de las empresas departamentales.
Autonomía indígena
Antes de la modificación de la Ley 031, los pueblos indígenas estaban obligados a realizar dos referendos para su autonomía: uno para aprobar la conversión y el segundo para aprobar su estatuto.
Ese “doble referendo” provocó reclamos de parte de los indígenas, que consideran inconstitucional que se les obligue a realizar dos consultas para consolidar su autonomía.
El diputado Lino Cárdenas informó que, con la nueva reforma legal, los pueblos indígenas que quieran poner en vigencia su estatuto sólo requerirán de aprobarlo mediante sus usos y costumbres, además, de pasar el control de constitucionalidad del texto a cargo del Tribunal Constitucional.
En el país sólo tres pueblos indígenas lograron establecer su autogobierno: Raqaypampa, Charagua y Uru Chipaya. Organizaciones indígenas en el pasado culparon a la excesiva burocracia y al doble referendo como a los obstáculos para que se establezcan más autonomías.
La presidenta de la Cámara de Senadores, Adriana Salvatierra, indicó además que a partir de la modificación a la Ley de Autonomías se ajustan elementos de materias de salud a las autonomías, que establecen la formulación de planes regionales para la implementación del Sistema Único de Salud (SUS).
Nueve años después de su promulgación fue modificada
A nueve años de su promulgación la normativa fue modificada. La Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez fue promulgada el 19 de julio de 2010. Regula el régimen de autonomías de acuerdo con lo establecido en el artículo 271 de la Constitución Política del Estado y define las bases de la organización territorial del Estado boliviano. El 8 de junio del año 2019 se modificó la normativa y suprimió la realización del referendo para constituir las autonomías indígenas y modificó las autonomías regionales.