Inversión Extranjera Directa (IED), la contabilidad de una “trampa”

“La presentación de la ID ya no se realiza según el criterio direccional (crédito en el caso de la ID recibida y débito cuando se trata de ID realizada en el exterior) como se la compilaba bajo los lineamientos del MBP5. De acuerdo con el MBP6, se adopta la notación de cambios en el activo y pasivo. Esto significa que la ID neta en el exterior se presenta como activo, en tanto que la ID neta recibida, como pasivo. De manera similar, cambia el registro en todas las otras categorías funcionales de la Cuenta Financiera de la Balanza de Pagos. En consecuencia, los influjos de ID al país que se registraban con signo positivo, ahora se registran con signo negativo. Esto ocurre porque se trata de una emisión neta de pasivos y viceversa en el caso de ID en el extranjero” (Reporte de Capital Privado Extranjero en Bolivia GESTIÓN 2024 Fecha de publicación: Mayo 2025, Banco Central de Bolivia, pág.9).

Es el reporte del Banco Central de Bolivia (BCB) sobre el que, luego, CEPAL elabora su informe de perspectivas de Inversión Extranjera Directa en Latinoamérica, de amplia difusión en los días pasados en varios medios de comunicación de Bolivia y del resto de los países latinoamericanos. La frase transcrita parece un tecnicismo contable neutro, pero no lo es.

Básicamente, quiere decir que la Inversión Extranjera Directa (IED), ahora denominada Inversión Directa (ID) y Capital Privado Extranjero (CPE) a la IED, se contabiliza en las cuentas que lleva el BCB como un pasivo, una deuda boliviana.

Por eso, el mismo BCB, en ese informe, dice así: “En Bolivia, al cierre de 2024, la posición neta del Capital Privado Extranjero (CPE) registró un saldo negativo, lo que significa que los pasivos por inversión proveniente del exterior fueron mayores a los activos de residentes bolivianos en el exterior, convirtiendo al país en un receptor neto de capital privado extranjero.”

Todo al revés, según esa jerga contable. ¿Pero qué son MPB5 y MPB6? Son manuales establecidos por el Fondo Monetario Internacional (FMI). “Manual de Balanza de Pagos y Posición de Inversión Internacional Sexta edición”, cuya abreviatura es MBP6. La anterior, la 5, instruía a los gobiernos contabilizar al revés. Las razones del cambio son motivo de una lectura atenta posterior. Ahora, en relación a la Inversión Extranjera Directa, como la conocíamos, veremos qué efectos tiene.

“El MBP6 considera las siguientes tres aperturas al interior de cada una de las dos categorías descritas: a) Inversión de un inversionista directo en su empresa de inversión directa, b) Inversión de una empresa de inversión directa residente en su propio inversionista inmediato o indirecto (inversión reversa), y c) Inversión entre empresas emparentadas residentes y no residentes que tienen el mismo inversionista directo inmediato o indirecto, pero ninguna de las cuales es inversionista directo inmediato de la otra”, dice el reporte del BCB (si usted, amable lector, entiende eso de “inversión reversa”, le ruego escribirme), para más abajo, establecer que esa directriz del FMI incluye como IED las utilidades reinvertidas, rendimientos de activos financieros, Derivados Financieros, activos de reserva, y otros rubros.

En consecuencia, no nos engañemos: los 247 millones de dólares que reporta el BCB y reproduce el informe de la CEPAL sobre Inversión Extranjera Directa en Bolivia recibida el 2024, puede estar disfrazando cifras fictas o que no son las que entendemos como tales. Por ejemplo, si las utilidades reinvertidas de las empresas como Telecel o Sinchi Wayra, ambas extranjeras, pero que se financian con ahorro boliviano (Gestora y bancos), están comprendidas en esos 247 millones de dólares de supuesto ingreso de divisas frescas, es un asunto que el BCB deberá aclarar, porque hace al fondo del asunto.

Esa “metodología” adoptada por el BCB del FMI, se incorporó por Resolución de Directorio del BCB No. 043/2024 en fecha 26 de marzo de 2024, sin mayores alertas ni anuncios sobre las formas contables ni sus efectos respecto de la comprensión de las nuevas definiciones que cada partida contable significa. Está firmada por Edwin Rojas Ulo, presidente del Directorio, Oscar Ferrufino Morro, Gabriel Herbas Camacho, Gumercindo Héctor Pino Guzmán, Diego Alejandro Pérez Cueto Eulert.

Sin siquiera mencionar a la fuente de esos cambios (el FMI), alegando solamente que lo hace “…en el marco de las directrices establecidas por organismos internacionales; razón por la cual es viable legalmente…”aprueba el Reglamento para el Registro de la Inversión Extranjera en el Estado Plurinacional de Bolivia y Operaciones Financieras con el Exterior.

La Ley No 1670 de 31 de octubre de 1995, dictada durante el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, sigue en plena vigencia, sin cambios que hayan podido derivar de la nueva CPE de 7 de febrero de 2009 ni normas posteriores. Su función es incluir a Bolivia en parte de la arquitectura financiera transnacional, que abre los canales para la succión del ahorro nacional de los países como el nuestro: Reservas Internacionales de Divisas y ahorro previsional deben “invertirse” en bonos soberanos de países industrializados o deuda del primer mundo y sus emprendimientos. Si recibimos dinero de esos países, vía empresas, para inversión directa en proyectos, pues somos deudores de esas “inversiones”.


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