La agenda feminista, una deuda pendiente de la clase política en Bolivia
El caso del feminicida y violador serial liberado por la justicia boliviana no es una excepción, sino la regla en una sociedad conservadora y atravesada por el racismo y el machismo exacerbados.
El informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) presentado en agosto del 2021 fue lapidario al respecto: “El orden patriarcal en Bolivia debe desnaturalizarse porque este no solo implica un orden jerárquico entre hombres y mujeres, sino entre indígenas y no indígenas”.
Bolivia posee normas muy promocionadas como La Ley 243 Contra el Acoso y Violencia Política hacía las Mujeres, la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional y la Ley 348 Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencias que incorpora en el código penal el delito del femicidio con una pena 30 años de prisión sin derecho a indulto.
Además, posee una Constitución con perspectiva de género e intercultural y es el único país en refundarse como Estado Plurinacional a nivel mundial. Se espera que Bolivia dé el ejemplo porque es punto obligado de referencia de estas temáticas.
Sin embargo, Bolivia tenías hasta 2019 la mayor tasa de feminicidios de toda Sudamérica según la Comisión Económica para América Latina (CEPAL). El caso del feminicida y violador serial en cuestión, revela que las leyes que deberían proteger a las mujeres son letra muerta y no se aplican en lo concreto de la cotidianidad. Veamos en el caso de cada una de las leyes mencionadas:
1) Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional: Si bien, desde la refundación del estado plurinacional de Bolivia el 2009, las mujeres ingresaron masivamente a la política, esto sucedió solo en los cargos de bajo rango y bajo poder decisional en la Asamblea legislativa que está compuesta por poco más del 50% de mujeres. El techo de cristal es evidente porque los presidentes de la cámara de Diputados y de Senadores son hombres.
Por otra parte, de 18 ministerios, solo cuatro ministras son mujeres y solo una de ellas es una mujer indígena. A su vez, durante las elecciones subnacionales de marzo del 2021 “la alianza de mujeres por la revolución democrática y cultural” que integran el MAS, reclamó que se cumpliera con la paridad de género en las candidaturas femeninas. La respuesta que obtuvieron fue de cero mujeres candidatas a gobernaciones.
2) La Ley 243 Contra el Acoso y Violencia Política hacía las Mujeres: Segundina Flores dirigente indígena, actual embajadora de Bolivia en Ecuador, fue el rostro que impulsó la demanda de paridad de género durante las elecciones sub nacionales. Fue acusada de “traidora” y de “funcional a la derecha” por sus reclamos y por cuestionar a la élite del MAS que está conformada por hombres blancos.
Por otra parte, la única mujer que disputó una candidatura por un cargo político de alto rango y de alto poder decisional fue Eva Copa ex presidenta del senado de Bolivia por el MAS. Exigió candidatear como alcaldesa por El Alto, la alcaldía más importante del país, fue expulsada del MAS bajo acusación de ser “ambiciosa de poder”. Copa desafió a la élite del MAS, se candidateó con otro partido y ganó con el 70% de votos frente al candidato hombre del MAS.
Frente a esta situación, el 29 de diciembre del 2020, Esther Soria ex gobernadora de Cochabamba por el MAS en su cuenta de Facebook denunció un “fuerte patriarcado dentro del MAS”.
3) La ley 348 Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencias incorpora la figura del femicidio con una pena de 30 años de prisión sin derecho al indulto. El caso del femicida y violador serial en cuestión demuestra que no se cumple por la justicia patriarcal, pero también hay responsables políticos. Además, se desnuda que en 15 años de “proceso de cambio” no se democratizó la justicia, ni incorporó la perspectiva de género como se había prometido.
La ley 348 tiene una trampa jurídica para las mujeres: permite insólitamente que un hombre violento se victimice y la utilice para hacer una contradenuncia a su víctima-mujer por “violencia de género” y neutralice toda investigación que podría iniciarse por la denuncia de una mujer. Esto podría considerarse como una aberración jurídica, por lo que a principio del 2021 por presión de las mujeres, el Estado se comprometió a reformar dicha ley, pero todo quedó encajonado.
Es inadmisible que un hombre pueda utilizar una ley que es de defensa de las mujeres y que se aprobó especialmente para proteger a las mujeres violentadas, lo que denota la concepción de “violencia de género”, machista que tiene la clase política que aprobó dicha ley con esa trampa jurídica.
Cuando se da un caso de violencia desde una mujer hacia un hombre, que por cierto son casos ínfimos, esta debe conceptualizarse como otro tipo de violencia, nunca como violencia de género.
El tema de la violencia de género no está en la agenda política, ni está instalado en la sociedad boliviana, como sí lo está en la sociedad argentina gracias a la campaña “Ni Una Menos” y al trabajo hermanado, autónomo y apartidario de las mujeres.