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¿Es o no es verdad? Perseguido y huésped ilustre

Los juristas definen el derecho de asilo como “la protección que dispensa un Estado a una persona no nacional que es objeto de persecución en virtud de motivos políticos o ideológicos por las autoridades de otro Estado”. Con esta  definición en la mano, queda claro que la figura...

Los juristas definen el derecho de asilo como “la protección que dispensa un Estado a una persona no nacional que es objeto de persecución en virtud de motivos políticos o ideológicos por las autoridades de otro Estado”. Con esta  definición en la mano, queda claro que la figura jurídica del asilo responde a la preocupación de los internacionalistas por proteger los Derechos Humanos y las libertades fundamentales.Muchos recordarán los tiempos tenebrosos en los que numerosas representaciones diplomáticas extranjeras en La Paz franqueaban sus puertas para recibir a los ciudadanos  bolivianos acosados por los gobiernos perseguidores. Pues bien, si hoy no puede afirmarse que han de repetirse aquellos reprobables episodios, no es porque el actual Gobierno haya dejado de ser perseguidor implacable, sino porque a sus opositores no les acosa judicialmente por sus ideas políticas sino que se les atribuye el sambenito de facinerosos delincuente comunes.Ahora bien, de acuerdo a la doctrina el derecho al asilo se otorga al perseguido por motivos políticos e ideológicos, y no al delincuente común, sea ladrón, asaltante de caminos o asesino o violador, pederasta  u otras mala artes.Pues se da el caso de que el Presidente de la República guaraní, Fernando Lugo, interrogado sobre qué postura adoptaría ante el asunto Cossío, expresó con elegancia que Paraguay siempre ha honrado su tradición de hospitalidad a los perseguidos políticos. Cualidad que también ejercita la mayoría de las Repúblicas latinoamericanas. En efecto, la jurisprudencia internacional latinoamericana se ha distinguido por la concesión magnánima del asilo político a quienes tenían razones para obtenerlo.Por eso llamó la atención que la ministra boliviana de Transparencia, Nardi Suxo, viajara a la capital paraguaya. ¿Con qué objeto?  ¿Para que su compatriota Cossío fuera expulsado?  El  vicepresidente guaraní calificó la gestión de la ministra como “grosera injerencia” contra la soberanía paraguaya. De haber hecho caso a la ministra, las autoridades paraguayas habrían faltado al principio humanitario del llamado “non refoulement”, según el cual, ninguna persona podrá ser rechazada, expulsada o devuelta al país en el que es objeto de persecución.  La cosa no terminó aquí sino que, el Gobernador del departamento Central, el más importante del país vecino, distinguió a Cossío con el título de “huésped ilustre”. Pero hay más, el conjunto de gobernadores departamentales paraguayos pidieron al presidente Lugo definir lo más antes posible el asilo, no refugio para la suspendida autoridad tarijeña.  Tras las lamentables escaramuzas seudodiplomáticas, en las que la política exterior boliviana quedó en ridículo, el vicepresidente García Linera ha tenido que poner un parche en terminología convencional, afirmando que el incidente que nos ocupa no ha de interferir las relaciones entre ambos países. ¡Faltaría más!

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