Fase de revisión
Judiciales: revocan inhabilitación a 27 postulantes
Este lunes empieza evaluación de méritos para las elecciones judiciales



Un total de 27 postulantes al proceso de preselección de candidatos al Órgano Judicial y al Tribunal Constitucional lograron revocar su inhabilitación en la fase de presentación de recursos de revisión, y pasaron a la fase de evaluación de méritos que empieza este lunes, informó el presidente de la Comisión Mixta de Justicia Plural, el senador del MAS Roberto Padilla.
En total, las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural analizaron 177 recursos de revisión presentados por aspirantes inhabilitados al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), al Tribunal Agroambiental (TA) y al Consejo de la Magistratura (CM).
De acuerdo con el senador, la Comisión Mixta de Justicia Plural revocó la inhabilitación de 8 postulantes al Tribunal Constitución Plurinacional y de 4 al Tribunal Supremo de Justicia.
Mientras la Comisión Mixta de Constitución habilitó a 15 candidatos inhabilitados al Tribunal Agroambiental y al Consejo de la Magistratura.
Entre los postulantes que lograron revertir su inhabilitación está el actual magistrado del Tribunal Supremo de Justicia Olvis Egüez Oliva, quien aspira a Tribunal Constitucional Plurinacional.
“En este caso (Olvis Egüez Oliva) está habilitado para la etapa de revisión de méritos”, explicó.
Según el cronograma, el domingo 7 de abril se publicará la lista de los postulantes habilitados para la evaluación de méritos, que consta de dos etapas: evaluación de experiencia profesional, formación académica y producción intelectual (100 puntos) y examen de preguntas escritas y respuestas orales (100 puntos).
Este proceso de evaluación de méritos se realizará del 8 al 21 de abril.
Para pasar a la etapa preselección en el pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional, las y los postulantes al TCP, al TSJ, al Tribunal Agroambiental y al Consejo de la Magistratura deben obtener en la evaluación una nota igual o mayor a 130 puntos.
“Excepcionalmente, a falta de un representante indígena originario campesino o en caso de que no se llegue a la equidad de género, se habilitará a la o el postulante que tenga la siguiente mejor calificación que sea indígena originario campesino o mujer, según corresponda, del número total de postulantes a nivel nacional”, apunta el artículo 37 de la Ley 1549 Transitoria para las elecciones judiciales.