Un tribunal de El Alto declina juzgar a Añez en la vía ordinaria y recuerda que fue reconocida como Presidenta
Un juicio de responsabilidades implicaría que Añez sea procesada previa autorización de dos tercios de la Asamblea y su juzgamiento se realice ante el Tribunal Supremo de Justicia.
El Tribunal Cuarto de Sentencia Penal de El Alto se declaró incompetente para juzgar a Jeanine Añez por el caso Senkata en la vía ordinaria, al considerar que fue reconocida como Presidenta del Estado por todos los órganos del Estado y le correspondería el juicio de responsabilidades.
La información fue difundida por la defensa de la expresidenta, quien se anotició de la resolución. “Estamos gratamente sorprendidos”, dijo la abogada Norka Cuellar.
En este caso, Añez es acusada en la vía ordinaria por la represión en Senkata de noviembre de 2019, que dejó 10 fallecidos. Sin embargo, su defensa ya había cuestionado que el proceso se desarrolle en proceso ordinario, al referirse a hechos registrados cuando ejercía la Presidencia del Estado.
La Fiscalía llevó el proceso contra Añez en proceso ordinario, al considerar que no siguió el hilo constitucional para ser Presidenta, sin embargo, el Tribunal Cuarto de El Alto argumentó que le corresponde el juicio de privilegio para altos mandatarios.
“Si bien, la forma de asumir la Presidencia del Estado Plurinacional del Estado Boliviano por JEANINE AÑEZ CHAVEZ es cuestionada, lo cierto es que los bolivianos hemos terminado aceptando la referida gestión presidencial dando pleno consentimiento a las disposiciones esenciales emanadas de la referida autoridad del órgano Ejecutivo; no solamente como ciudadanos, sino; también los Órganos del Estado, como el Órgano Legislativo, Judicial, Electoral, así como el Tribunal Constitucional y el Propio Órgano Ejecutivo”, dice la resolución a la que tuvo acceso ERBOL.
Un juicio de responsabilidades implicaría que Añez sea procesada previa autorización de dos tercios de la Asamblea y su juzgamiento se realice ante el Tribunal Supremo de Justicia.
Entre sus argumentos, la Sala Cuarta de El Alto señala que el Órgano Legislativo reconoció a Añez expresamente como “Presidenta Constitucional”, al remitirle leyes aprobadas para su promulgación.
Menciona también que el Tribunal Constitucional Plurinacional avaló la prórroga de Añez como presidenta del Estado, lo cual también implica que la reconoció en esa calidad.
Respecto al Órgano Electoral, el Tribunal señaló que Añez designó a Salvador Romero como vocal y que éste fue posesionado por el Legislativo y, además, fue elegido presidente del Tribunal Supremo Electoral.
Asimismo, la resolución recuerda que Añez convocó a elecciones generales de 2020.
Los vocales señalaron también que el Órgano Judicial reconoció a Añez, al cumplir las autoridades judiciales el rol de jueces electorales en las elecciones.
Asimismo, menciona que la población electoral boliviana acudió a las urnas, en cumplimiento a normas promulgadas por Añez.
“EN CONCLUSIÓN; nuestras actuales autoridades de los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Electoral emanan de las normas promulgadas por JEANINE AÑEZ CHAVEZ en su condición de presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia; Desconocer esa institucionalidad, aunque inicialmente con defectos, sería poner en duda la legalidad de las referidas autoridades”, señala el texto.
El Tribunal Cuarto de El Alto también alertó que de llevar adelante el proceso en una jurisdicción que no corresponde, podría implicar la nulidad del mismo.
En ese marco, el Tribunal se declaró incompetente para conocer y resolver la acusación del Ministerio Público contra Añez en el caso Senkata, devolviendo así el caso al juzgado de origen.