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Vacaciones y permisos: funcionarios públicos gozarán de beneficios si hacen turismo interno

El Gobierno aprobó el DS 4400 que establece vacaciones de fin de año, permiso excepcional y facilidades de pago a favor de los funcionarios públicos. Sin embargo, el sector privado y las entidades autónomas podrán acogerse al beneficio

Nacional
  • Redacción Digital / El País
  • 27/11/2020 12:00
Vacaciones y permisos: funcionarios públicos gozarán de beneficios si hacen turismo interno
Turismo en Tarija, referencial

Con el objetivo de establecer medidas para apoyar la promoción, recuperación y reactivación del sector del turismo, especialmente al turismo interno, el Gobierno aprobó el Decreto Supremo (DS) 4400 que establece vacaciones de fin de año, permiso excepcional y facilidades de pago a favor de los funcionarios públicos. 

“Se encuentran comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente norma, las servidoras y servidores, así como las trabajadoras y trabajadores del sector público de las Instituciones, Entidades y Empresas Públicas del nivel central del Estado”, señala la norma en la parte referida a su ámbito de aplicación.

Estas son las medidas establecidas por el decreto:

Vacación: 

Se establece la vacación escalonada y planificada, a cuenta de vacación de al menos diez (10) días hábiles para los funcionarios públicos entre el 15 de diciembre de la gestión 2020 hasta el 31 de diciembre de la gestión 2021, conforme a reglamentación.

Se otorgarán los siguientes permisos: 

Un permiso excepcional con goce de haberes equivalente hasta un treinta por ciento (30%) del tiempo de vacación utilizado en la actividad turística, a los que adquieran paquetes turísticos nacionales.

Un permiso excepcional con goce de haberes equivalente hasta un veinte por ciento (20%) en relación al número de días de la vacación utilizada en la actividad turística interna, a los que demuestren la compra de pasajes con destinos nacionales y/o pago de hospedaje en establecimientos legalmente establecidos en el territorio nacional.

Un (1) día de permiso excepcional con goce de haberes, a los que adquieran un paquete turístico interno de al menos cuatro (4) días, vinculados a un fin de semana.

Un permiso excepcional los días viernes o lunes, a los que adquieran un paquete y/o servicio turístico que coincida con un feriado en día sábado

Facilidades de pago:

Los funcionarios públicos podrán solicitar al Área Administrativa respectiva, el descuento por planilla para la compra de paquetes y/o servicios turísticos internos, sin que esto represente una responsabilidad para cada Institución, Entidad o Empresa Pública sobre la obligación adquirida.

Empresas privadas y entidades autónomas:

La normativa señala que el sector privado podrá acogerse a los alcances y contenidos del DS 4400, en el marco de los acuerdos suscritos entre empleadores y empleados.

De la misma manera, según sus atribuciones y competencias, las Entidades Territoriales Autónomas (ETAs), podrán acogerse al Decreto.

 

Fuente: UNITEL

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