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Alerta: La justicia laboral está en ‘terapia intensiva’

La reforma procesal apretó a fondo en materia civil y penal, pero le puso en “modo de espera” al Código Procesal Laboral. Mientras los dos primeros se lucen con el “sistema del juicio oral” en atención la Cumbre de Justicia de 2016, el tercero se estancó en el proceso escriturado...

Nacional
  • Erbol
  • 08/07/2019 00:19
Alerta: La justicia laboral está en ‘terapia intensiva’
Iván Campero, vocal del TDJ-La Paz y experto en derecho laboral-WEB
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La reforma procesal apretó a fondo en materia civil y penal, pero le puso en “modo de espera” al Código Procesal Laboral. Mientras los dos primeros se lucen con el “sistema del juicio oral” en atención la Cumbre de Justicia de 2016, el tercero se estancó en el proceso escriturado donde los juicios duran en promedio entre 4 a 8 años y aumentan los índices de retardación de justicia.
El actual Código fue puesto en vigencia en 1979, ni siquiera fue un gobierno democrático, sino de facto. Ningún gobierno democrático le prestó atención pese a que desde el 2004, el Órgano Judicial presentó por iniciativa legislativa su propio proyecto; reformó en cuatro oportunidades y lo adecuó a la nueva Constitución Política del Estado y ninguno tuvo repercusión.
“Estamos en terapia intensiva en Santa Cruz, La Paz y Cochabamba, hay que resolver urgentemente”, dijo a Erbol el abogado Iván Campero Villalba, cuando fue entrevistado no tanto como presidente de la Sala Social, Contenciosa Tributaria y Administrativa del Tribunal de La Paz, sino como un experto laboralista y miembro de la Asociación Iberoamericana del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social.
Campero fue uno de los proyectistas de la reforma procesal planteando en lo inmediato la “aplicación secuencial” de la oralidad para “destapar la mayor carga procesal” del eje troncal y luego, en un período de 5 años, aplicarlo en todo el país.
No existen datos certeros sobre la mora procesal en materia laboral, ni siquiera la Rendición Pública de Cuentas del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de 2018 y del Consejo de la Magistratura hacen referencia a esta materia, pero enfatizan sus éxitos en materia civil, penal, familiar, designación de nuevo personal e inversión en infraestructura.
La Revista Gestión Judicial del TSJ, enero-diciembre de 2018, da cuenta que Bolivia tiene 830 juzgados con 1.004 jueces, a los que este año se sumaron 52 ítems, es decir, en todo el país existen 1.056 jueces en distintas materias.
Una visita a cada portal de los tribunales departamentales da cuenta que Santa Cruz tiene 8 jueces laborales, La Paz 8 y El Alto 4 para casi un millón de habitantes en cada ciudad; Cochabamba 4, Chuquisaca 3, Potosí 3, Oruro 3, Tarija 2, Beni 2 y Pando 1, para un total de 37 jueces de Partido Laboral y Seguridad Social. En el eje troncal un proceso dura 4 a 5 años, mientras que en Tarija a veces dos meses.
“Estamos ante una inconsistencia: 8 jueces laborales frente a unos 50 a 60 en materia penal. Eso no puede ser, estamos muy preocupados, tenemos una carga laboral que es impresionante”, dijo Campero, cuya Sala Social debe resolver apelaciones en materia laboral, seguridad social y procesos contenciosos administrativos y tributarios.
Indicó que en los últimos años los casos han subido no porque se hayan han multiplicados los conflictos, sino porque la comunicación digital y la tecnología hizo que los trabajadores conozcan más sus derechos y los reclamen ante la justicia.
Considera importante que las autoridades “se pongan al frente y decidan cambiar de una vez al sistema oral. Los proyectos están dados se deben enriquecer y actualizar, pero todos los poderes debemos coordinar inmediatamente”, reflexionó.
Señaló que hoy en día un juicio en materia laboral es un juicio de puro derecho, una materia especializada que lo separa del proceso común, pero la falta de una especialidad en Bolivia convirtió al proceso laboral en un proceso ordinario, haciéndolo lento y controversial, ignorando principios de la justicia pronta y oportuna que persigue el Código Laboral, porque el trabajador no ha cometido ningún delito sino simplemente reclama el pago de sus salarios o beneficios sociales y cuando termina el juicio, incluso su dinero ya no tiene el mismo poder adquisitivo.

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