Del libro de Jesús Miguel Molina Gareca:
La Resolución ante la adversidad Dr. Guillermo Arancibia L. (Cuarta parte)
DE SECRETARIO DE JUZGADO A PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE BOLIVIA
El año 1962, inicia sus estudios universitarios. Su primer año de estudio se inmiscuye en la JUC (Juventud Universitaria Católica), este sería el cordón umbilical que tendría a Guillermo Arancibia y a la Acción Católica permanentemente unidos. Ese mismo año ingresa a trabajar en la Corte Departamental de Justicia. Al inicio de su segundo año de universidad da examen para asumir el Secretariado del Juzgado Civil I de la Capital. Desde ese momento inicia su carrera judicial que no se detendría, sino por breves espacios de tiempo, hasta que culminaría con la asunción de la Presidencia del mayor tribunal de justicia del Estado.
-“Para mí fue una verdadera fortuna que al entrar a la carrera judicial fuera Secretario de la única jueza que había entonces en Tarija, la Dr. Emma Navajas Mogro, que fue una verdadera mujer de leyes, no diré buena abogada, pero proba y excelente juez. Aprendí de ella tanto como aprendí en la universidad. Fue una guía de razonamiento, de trabajo y entereza”
Dijo con respecto a aquel primer tiempo de su carrera judicial.
Una característica llamativa de la generación de abogados de Arancibia fue que está contada como, quizá, la última de Bolivia que para obtener su título de Abogado, tuvo que dar un “Examen de Corte”. Institución tan antigua o más quizá que la misma Bolivia. El examen de Corte consistía en que una vez vencido el procedimiento formal académico, es decir, un examen -que en promedio duraba tres horas- ante un tribunal de docentes de la universidad, donde se exigía del postulante un casi total conocimiento del procedimiento civil y penal, se extendía un expediente, de los habidos en los juzgados, a ese mismo postulante y se le daba un plazo para estudiarlo. Vencido el mismo se presentaba ante los Vocales de la Corte Distrital de Justicia y el postulante debía fundamentar las acciones que se tomarían con respecto al expediente estudiado, argumentar con jurisprudencia, teorías y doctrina jurídica y que en muchas ocasiones -lo determinado por los postulantes examinados- era contrario a las acciones tomadas por uno o más de los vocales examinadores...
-“Muchos jueces, que a la vez eran mis amigos, estaban en mi Tribunal. Sin embargo ese día ninguno parecía conocerme y me trataron con una frialdad que para mi bien me hizo comprender años más tarde que el objetivo ese día (el día de su Examen de Corte), era evaluar mi conocimiento y no mi amistad o simpatía”23
Aquello que Monseñor Niccolai predicó bajo el epígrafe de “justicia social”, fue aplicado en todas las etapas, “todos los casos, todos los plazos, todos los procedimientos y en todas las sentencias” como gustaba recordar, de su vida en la carrera judicial. Fue una regla transversal desde aquella mañana de marzo de 1965 en que por vez primera ingresó al palacio de justicia de Tarija como funcionario del nivel más básico, hasta aquella jornada en que todos los Ministros del supremo poder judicial le dieron por votación unánime y absoluta su confianza para que asuma las funciones de Presidente de la Corte Suprema de Justicia de Bolivia.
-“Un día con Monseñor estábamos en misión apostólica en Churquis y entre los varios rostros que de tanto visitarlos, para nosotros, eran como familiares, notamos la ausencia de una persona que era uno de nuestros ayudantes en aquella comunidad; al consultar qué paso con él nos respondieron que fue acusado de un robo -sin haberse probado el mismo- y que como quien le acusó gozaba de alguna influencia en la Prefectura, logró que lo tengan detenido más de un mes. Retornamos a Tarija -y aunque era domingo- Monseñor agarra el teléfono y llama directamente al Prefecto y le consulta si sabía algo del caso que conocimos. Nada sabía. Al día siguiente consulto en los juzgados penales y me entero del caso, me entero de quién era el sujeto con “influencia”, me entero de lo sucedido y junto a Monseñor y el Dr. Baldivieso (Ángel), visitamos al Juez. Dicho Juez al enterarse que lo buscaba Monseñor quiso que se lo tragara la tierra, porque ya intuía que en su resolución algo mal había... Pasados unos días logramos que el muchacho acusado pueda retornar a su hogar, porque no había ninguna prueba contra él y básicamente estaba sometido a una injusticia. Entonces Monseñor me llama y me dice: “Vea Guillermo nosotros hicimos justicia social, mientras algunos de nuestros jueces viven de hacer injusticia”. Aquello de “justicia social” lo dijo Monseñor porque además de lograr que el detenido sin prueba quede libre, Monseñor le dio todo tipo de alimentos y ropa para que de alguna manera pueda ayudar a su familia por ese mes en que estuvo detenido y sin trabajo. Un dato anecdótico más, en ese tiempo el Dr. Angelito (Baldivieso) era Ministro de la Corte Suprema. Era de ver la cara del juez en cuestión... Jajajá!!!”24
El mes de agosto de 1972, luego de 5 años como Secretario de Juzgado, es designado por el Dr. Hernán Ayala Mercado, a la sazón Presidente de la Corte Suprema, como Juez Primero en lo Civil de la ciudad de Tarija.25
De entonces adopta como lema vital el enunciado que dice: “El que obra bien jamás se equivoca”. Primero a mano, luego a máquina de escribir, finalmente hizo imprimir esta sentencia y la ubicaba en todos los espacios laborales que ocupó.26
Si bien entreveía la mecánica judicial desde su escritorio de Secretario de Juzgado, asumiendo el Juzgado profundizó su conocimiento sobre esa mecánica y la estructura judicial de Bolivia. Desde 1972 hasta 1976 estudia, analiza, reflexiona y acciona -cuando dicta sentencias- lo más conveniente a la “justicia social”.
A la vez de ser un tiempo de aprendizaje, es un tiempo de profunda relación y comprensión de las desigualdades que el ejercicio de la justicia propinaba, a quienes eran víctimas, no por el hecho delictivo en sí, sino por su extracto social, por su condición económica, por su vinculación política - partidaria...
Varias sentencias le acarrean serios roces con el poder político establecido en el departamento. El ser autoridad en este tiempo se concebía bajo el manto de la infalibilidad, no podían fallar o equivocarse ni en lo público ni en lo privado. Arancibia sentenció que ello era pura fantasía.
Andando el tiempo - sobre esta su experiencia como Secretario y Juez en Tarija- redactó un ensayo que denominó: “Sociología Jurídica Criolla”. En él describe los perfiles del juez, del abogado local, así como de los demandantes y demandados. De manera irónica cuestiona la “venda sobre los ojos de la justicia...” El trabajo debía ser publicado en un medio impreso local, sin embargo por motivos que sólo son conocidos por el autor del mismo, nunca tomó publicidad y quedó entre los documentos que guardaba en un viejo cartapacio “Aristón” de su Notaría.
Justamente ese interés por el estudio de las personas, las conductas de la sociedad, las posiciones asumidas, los roles interpretados, hizo que del poder judicial pasase a la docencia, luego a Codetar para volver finalmente a la docencia.
Son años caóticos para la población boliviana, años de aprendizaje y sobrevivencia para las generaciones jóvenes de entonces. Esos años de inestabilidad, sin embargo, también son años propicios para desarrollar de manera fecunda estudios de esta misma población boliviana, desde el lente del Sociólogo; así Arancibia mientras trata con los conflictos y pugna por estabilidad, se nutre en sus conocimientos por los contactos en el interior profundo de Tarija, las comunidades indígenas y campesinas; y el exterior del país, por su beca en los Estados Unidos.
INTERREGNO ELECTORAL
En este tiempo en que se presenta su primera “cosecha de antagonistas”, también es el tiempo en que postula y obtiene la beca a Estados Unidos y su retorno sinuoso a la docencia.
Empero algo se transformaba en el país. Con los militares alejados del poder político, se asume el régimen democrático, entendiéndose que el principal elemento de la democracia es el respeto a la elección popular de las autoridades. Pero algo no andaba bien en la institución llamada a manejar de manera imparcial y transparente los procesos electorales. Los partidos políticos de turno parcelaron, según su mejor conveniencia, a los integrantes de la Corte Nacional Electoral, CNE, (actual Tribunal Supremo Electoral). Esto que se vio con alarma en las elecciones generales de 1985 tomó formas de escándalo y vergüenza en las elecciones de 1989. A la amplia y fornida nomenclatura de la indecencia política boliviana, se le sumó una nueva locución: “la banda de los cuatro”.27
Tan ignominiosa y destemplada fue la actuación de la Corte Nacional Electoral en la elección de 1989 que los mismos políticos -generadores de esa deshonrosa acción- entendieron que no se podía seguir con la farsa. La población exigía cambios y acciones legales por parte de quienes estaban llamados a garantizar la votación democrática y la consecuente elección de las autoridades en el país.
Por vez primera, en tiempos relativamente modernos, se opta por una vía que no estaba contemplada ni en la Constitución Política del Estado. Se decide que la totalidad de miembros de la nueva Corte Nacional Electoral sea integrada por “Notables”, personas públicamente reconocidas por su calidad profesional, idoneidad ciudadana y reconocido perfil moral. A esto se suma una condición inédita en las lides del parlamento boliviano, y es que para que sean electos los “Notables” debían contar con el apoyo de dos tercios de integrantes de ese parlamento. Esta acción dada a nivel nacional se replica en las 9 Cortes Departamentales Electorales. De tal manera que los integrantes de estas Cortes Departamentales debían contar también con las cualidades que se les exigía a los de la Corte Nacional; en ese proceso selectivo y finalmente de elección congresal, el Dr. Guillermo Arancibia es electo como miembro de la Corte Electoral de Tarija, para el periodo 1991-1995.28
“Había que ir con pies de plomo a la vez que con una lámpara en la mano. Nada teníamos claro. El anterior proceso electoral fue tan dudoso en su procedimiento que si debíamos corregir algo, teníamos que anular todo. Entonces fue la gran lucidez de don Huáscar Cajías que junto a otros distinguidos miembros de la Corte Nacional decidieron que a partir de entonces todo debía ser registrado electrónicamente. Surgió entones el padrón informatizado. Otra importante acción fue institucionalizar el personal, porque cada partido que entraba al gobierno ponía su gente y esto generaba dudas en la población para tiempos de elección. Fueron cambios enormes los que se hizo de cara a las elecciones generales de 1993 y esto fue porque cada uno de los que integrábamos las Cortes teníamos independencia de los partidos políticos para nuestro accionar.”29
Este trabajo, sumado a las demás actividades de educación ciudadana que por vez primera se realizó en la Corte Electoral Departamental de Tarija, desde el año 1991, hizo que la institución recobrará credibilidad y sentara las bases para un modelo de gestión electoral que se mantuvo varios años después, como garantía de imparcialidad e idoneidad electoral.
2 años ejerció la Vocalía de la Corte Departamental Electoral, un año estuvo como Presidente de la misma. El trabajo desplegado en esta instancia aunado a los anteriores no pasó desapercibido por la sociedad tarijeña, ni por personalidades de la política boliviana, quienes vieron en Arancibia a uno de aquellos ciudadanos que puede garantizar equilibrios de poder cuando todos son genuflexos, que puede actuar con drasticidad cuando otros actúan con lenidad, que es necesario para los tiempos de cambio institucional, cuando se requiere mentes claras, acciones contundentes y criterios sólidos.
Una preciosa tarde de invierno, tibia y con un sol propio del valle tarijeño, el Dr. Guillermo Arancibia recorría -porque lo templado del tiempo se lo permitía- algunas calles de nuestra capital; sin darse cuenta se encontró en la subida de la avenida Domingo Paz, su intención fue llegar hasta el atrio de la antigua Capilla San Juan. Su pensamiento divagaba entre la felicidad por haber cumplido -hasta ese momento- su misión profesional, su rol de padre de familia, su servicio a la colectividad. Más creía que algo faltaba a esa su existencia. Comenzó a subir las gradas de piedra de aquel monumento nacional, cuando una voz le llamó desde una movilidad que acababa de frenar. Era el Dr. Víctor Paz Estenssoro...
Las instituciones públicas bolivianas, desde que se retornó a la democracia, tenían serias deudas con la sociedad. El órgano electoral hacía aguas por el manejo partidario que de él hacían los políticos de turno; los mismos partidos políticos debían sujetarse a un reglamento que no existía, para evitar abusos y atropellos internamente; la educación estaba en un proceso de estancamiento; empero donde más se veían serias dificultades en la justicia.
El año de 199230 es tal vez uno de los años de mayor incidencia para las instituciones públicas en la historia democrática boliviana, hasta antes del nuevo milenio. Ese año las fuerzas políticas con representación en el parlamento acordaron las bases para modificar la Constitución Política del Estado, además de la institucionalización de varias de los más importantes órganos del mismo Estado, entre ellos como vimos la CNE, y fundamentalmente el poder judicial. Las bases del acuerdo establecían para las reformas del poder judicial objetivos concretos: cualificación técnica, despartidización, carrera judicial basada en méritos, independencia político - partidaria y fundamentalmente lucha contra la corrupción.31
En esa coyuntura el año 1992 se dispuso que se convocaría públicamente a todos los ciudadanos interesados en integrar en calidad de Ministros la Corte Suprema de Justicia, siendo el procedimiento para elegirlos exigente como fue para miembros de la Corte Electoral. Presentóse Guillermo Arancibia a la convocatoria. Llenados los formularios requeridos, quedaba la espera hasta saber si se había cumplido o no esa primera etapa; luego había de ir a la entrevista con miembros de la Comisión Congresal, si se vencían esas etapas se iba posteriormente a la votación.
Tan cierto era aquello que el Dr. Paz Estenssoro le dijo con respecto a que ya no tenía influjo sobre parlamentarios de su partido, pero que creía en la probidad de muchos otros, que un Senador por el departamento de Tarija, miembro del partido del Dr. Paz, fue uno de los que votó en contra del Dr. Arancibia. Pero cierta como fue la expresión, “muchos otros” votaron por él, sólo llevados por conocimiento que tenían de su trabajo con campesinos, indígenas, grupos católicos, juventudes... de tal manera que obtuvo más de los dos tercios requeridos.32
El mes de febrero de 1993 asume como Ministro de la Corte Suprema y la claridad que tenía del problema judicial fue entendida por él y sus colegas Ministros de mayor simpatía en toda su gestión: Oscar Hassenteufel, Luís Adolfo Salinas, Antonio Salazar y Hugo César Cadima.
Paralelo a su asunción como Ministros, el Congreso de Bolivia sanciona la Ley de Organización Judicial 33 Este hecho es uno de los primeros que se acordaron para disponer la ejecución de la reformas judiciales (la misma creación del Ministerio de Justicia respondió a esta ejecución de acciones)
Esta cantidad de faenas tenían sin embargo, según observación del Dr. Arancibia, un defecto de origen y es que todas venían pre elaboradas desde el poder ejecutivo para implementarse en el poder judicial, muchas veces sin el consentimiento ni la consulta a los miembros de este poder. De este razonamiento surgió la propuesta, de la que participarían varios otros Ministros, que “el Poder Judicial debe encarar su propio programa de reformas, pues siempre es el Poder Ejecutivo el que se ocupa de arreglar la cara del poder judicial”34
La enorme trascendencia de los cambios, desafíos y objetivos que se ejecutaron a partir de 1993 en el orden judicial de Bolivia, requería una energía desplegada que en muchos casos superó las capacidades de muchos Ministros. Ni bien fueron posesionados los nuevos Ministros tuvieron ante sí uno de los escenarios más importantes que la Justicia boliviana generó desde sus orígenes: El Juicio de Responsabilidades contra el ex Presidente de Facto Gral. Luís García Meza, su Ministro del Interior Cnl. Luís Arce G y otros miembros de dicho gobierno.35 Este fue tal vez el primer acto donde el Dr. Arancibia puso de relieve su temple y convicción. El país estaba expectante del fallo que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia debía pronunciar. El dictamen debía satisfacer a la población boliviana y sentar un precedente histórico, sin embargo y estudiado el proceso se vio que en muchas de las acusaciones a las que se sometía a los miembros de aquel gobierno, no se tenían suficiente elemento probatorio. Pero absolverlos era un “error político”; por lo menos eso pensaban varios de los líderes de opinión pública.
-“El juez debe obrar con sindéresis y absoluta prescindencia de afectos o desafectos. Yo había sido afectado por ese gobierno, (el de García Meza) sin embargo por la condición en que me encontraba entonces, debía actuar bajo los criterios que establecen las leyes y por ello fui de los pocos que se opuso a que en aquellos delitos por los que se les acusaba, y en los que no se tenía suficiente prueba, no se les condene a la máxima pena. No podíamos ser parte de aquel acto histórico fallando para satisfacción de unos, contra los derechos de los otros; así se hayan merecido ese absoluto castigo.”
Esta posición fue aceptada por los demás miembros de la Sala Plena y el día que se pronunció y se suscribió el fallo, el Dr. Arancibia estuvo escoltando al Presidente de la Corte Suprema, mientras leía la sentencia.
Inmediatamente de aquel acto, se suscitó un hecho que conmovió hasta los cimientos al poder judicial y es que el Congreso de Bolivia, promovió un Juicio de Responsabilidades contra el Presidente de la Corte Suprema y uno de sus Ministros.36
Ante tan sinuoso panorama, Guillermo Arancibia no perdió el objetivo de su llegada al Supremo Tribunal y en ello puso su actividad, buscó en primer orden los recursos económicos que serían los que garantizarían la modernización del poder judicial y el inicial sostenimiento de las reformas que se venían implementando.
“…los Ministros Guillermo Arancibia López y Oscar Hassenteufel Salazar, consiguieron el financiamiento del programa de Reformas del Poder Judicial hasta un monto de Sus. 11.000.000, en gestiones realizadas en los Estados Unidos de Norteamérica”37 Aunque escueto es el reconocimiento institucional que se le hace al Dr. Arancibia por haber conseguido el financiamiento que sostendrían las iniciales reformas impulsadas hasta que el gobierno nacional involucrado a través del nuevo Ministerio de Justicia, participara de esas políticas de cambio y modernización de la justicia.38
Pocos años más tarde sería el mismo Dr. Hassenteufel quien hiciera el legítimo reconocimiento al Dr. Arancibia por el empeño puesto en estas reformas: “Creo que la Condecoración (Pantaleón Dalence) viene a significar simple y llanamente un acto de justicia, un reconocimiento a toda la actividad que ha venido cumpliendo al interior de la Corte Suprema, tanto en el despacho de causas como en otras áreas, sobre todo en lo que hace al Proyecto de Reformas Judiciales, del cual no sólo fue su mentor sino su principal e infatigable impulsor.”
La acción del Ministerio de Justicia, que resultó de las exigencias de la ciudadanía y de sectores del poder judicial, fue coordinada con representantes de la Corte Suprema, entre ellos el Ministro Arancibia. Esto resultó en una moderna legislación judicial para el país, anotándose oportunas modificaciones e implementaciones como la Ley de Abolición de Prisión y Apremio Corporal por Obligaciones (1994); Ley Contra la Violencia en la Familia o Doméstica (1995); Ley de Fianza Juratoria contra la Retardación de la Justicia Penal (1996); Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar (1997); Ley de Arbitraje y Conciliación (1997); Ley de Registro de Derechos Reales Inmobiliarios (1997); Nuevo Código Niño, Niña, Adolescente (1999); Nuevo Código de Procedimiento Penal (1999); Ley para el Ministerio Público (2001); Ley de Ejecución Penal (2001); Ley que crea el Servicio Nacional de Defensa (2003). En toda esta nueva estructura el poder judicial estuvo representado por una Comisión creada específicamente para coordinar la orientación, precisión y mayor eficacia de las reformas. Las mismas reformas a la CPE el año 1994, tuvo entre sus objetivos esta aspiración de una justicia más célere, despartidizada, imparcial y efectiva.
-“He tenido la suerte y oportunidad de protagonizar desde un comienzo como Presidente, el Proyecto que lo hemos denominado: Reformas y Modernización del Poder Judicial, esto lo atribuyo a la circunstancia que en el mes de enero de 1993, se renovó el cincuenta por ciento de la Corte Suprema, es decir que entramos la mitad de Ministros para sustituir a la mitad que había cumplido su periodo, nosotros éramos una conciencia exterior que representaba una necesidad de actualización del Poder Judicial, en particular, mi condición de Sociólogo ha favorecido todo el entusiasmo y empeño para llevar adelante el Programa de las Reformas Judiciales, pues los sociólogos por nuestra formación estamos orientados al cambio,”40
Pero esa suerte de la que habla, también le ocasionó más de un malestar, pues al momento de instaurarse los órganos judiciales que acompañarían en adelante a la Corte Suprema,41 surgieron las ambiciones personales, los protagonismos, las miserias particulares y su orquesta de envidias, resentimientos e intrigas. Las primeras dificultades se dieron al momento de elegir a un Presidente Titular de la Corte Suprema. Desde que fue defenestrado el Dr. Oblitas (año de 1994) se tuvo varias presidencias interinas hasta el año 1999. Aspecto que impedía coherencia, fluidez y eficacia a las decisiones que se tomaban desde el más alto tribunal del país.
Un ejemplo de lo anterior es el caso del ex Coronel F. Rico Toro. Debatióse el tema de manera candente en el tribunal supremo de justicia, el fin era conseguir la extradición del dicho ex Coronel; acusado de narcotráfico por el gobierno de Estados Unidos. La presión de la embajada norteamericana al gobierno boliviano y a varios Ministros de la Corte Suprema. El procedimiento para la detención, así como los interrogatorios a los que fue sometido, fueron puestos en duda de legalidad. El Dr. Arancibia estuvo entre los que se opusieron a esa extraditación, primero por la vulneración de derechos en su detención y segundo porque se aplicaban normativas no propias de Bolivia; entendía Arancibia -así nos lo trasmitió- que “se vulneraba la soberanía del Estado boliviano”. Sin embargo a fines de 1994 la Corte Suprema dictaminó su extradición, convirtiendo a Rico Toro en el segundo boliviano extraditado a Estados Unidos. Este hecho histórico no fue de la opinión y del voto del Dr. Arancibia. Esto le granjearía una enorme animadversión por parte de agentes políticos del país y del exterior. La lucha estaba abierta entre el Ministro de la Suprema y gran parte del colectivo político partidario del estatus quo dominante, entonces.
Luego de la gestión del Dr. Edgar Rosales, (1996) quedó sin titular la Presidencia de la Corte Suprema y en esa inquietud surgieron los intereses de partido y de grupo que fueron denunciados públicamente por el Ministro Arancibia:
Esta forma abierta al denunciar la injerencia de los partidos políticos que, pocos años antes, habían asumido como un mea culpa el daño que causaba su presencia en la justicia, no pasó desapercibido y muchos de los representantes de esos partidos, aun sabiendo que el Ministro Arancibia estaba entre los más capacitados para asumir la titularidad de la Corte Suprema se hicieron así mismos la promesa de evitar en lo futuro que dicho Ministro alcanzara ese sitial... las miserias de siempre surgieron y el Dr. Arancibia obtuvo -para su fuero particular- su tercera “cosecha de antagonistas”.
-“Esa situación se hacía insostenible. Por un lado estaban los agentes partidarios desde fuera lanzando sus proyectiles contra la Corte y quienes no aceptábamos sus insinuaciones. Por otro lado algunas personas que ingresaron producto de la ocasión y una evaluación -por supuesto equivocada- de sus principios y compromisos con la ley, comenzaron su labor de zapa buscando derruir los cimientos institucionales que se habían levantado con tanto esfuerzo. Unos fueron abiertos representantes de grupos de poder partidarios, otros fueron simple audacia y ambición; ambos sin embargo, se hacían cada vez más protagonistas de una lucha contra quienes todavía buscábamos alcanzar los objetivos que se nos planteó al momento de ingresar como Ministros.”42
Hubo en este caso, empero, una situación sui generis de parte de quienes no simpatizando con el pensamiento y las acciones de Arancibia, le respetaban y en muchos casos, le admiraban. Ese respeto y esa admiración hicieron que por voto unánime de la Sala Plena se le otorgara la “Condecoración al Mérito Pantaleón Dalence”43 Fue el año 1999
23 Se profesionaliza como Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, pero en cumplimiento del Art. 163 de la Constitución Política, entonces, vigente se le otorga el título de ABOGADO el 7 de abril de 1967
24 Entrevista con el Dr. Guillermo Arancibia; mayo 2015
25 El despacho con la designación se expide el año 1972 en Sucre.
26 En la oficina de la Notaria que estaba bajo su responsabilidad puso la mencionada sentencia en la parte posterior con letras tan grandes que eran visibles desde la misma puerta de ingreso a dicha estancia.
27 La CNE estaba compuesta por siete integrantes, 3 tenían absoluta afinidad con el MNR, 3 con ADN y 1 con el MIR. Al negarse Víctor Paz a proseguir con el acuerdo de 1985, en que ADN y el MNR se distribuyeron el aparato estatal con la presidencia del mismo Dr. Paz. El año 1989 ADN y el MIR utilizaron a sus representantes en la CNE (3 de ADN y 1 del MIR= banda de los cuatro) para alterar resultados, arrebatar candidaturas, en fin, hechos vergonzosos que aún pasados tantos años, no se olvidan de la memoria colectiva boliviana…
28 La sesión congresal en la que resulta electo es el 1 de agosto de 1991, empero la designación oficial es emitida por el Vicepresidente del Estado, Luís Ossio Sanjinés, el 23 del mismo mes.
29 Entrevista con Dr. Guillermo Arancibia, año 2017
30 E1 9 de julio de 1992, todos los representantes de partidos políticos nacionales con participación en el Congreso firmaron el denominado “Acuerdo Nacional para la Reforma y Modernización del Estado”. Desde 1967 hasta esa fecha ningún congreso habíase preocupado por reformar la CPE y modernizar las instituciones públicas de mayor incidencia en la sociedad.
31 Entre las otras importantísimas reformas acordadas se establecía la creación del Consejo de la Judicatura, el Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo. Posteriormente se acordó también la Reforma de los Códigos Penal, Familia, Tributario, Ley del Ministerio Público, etc. El acuerdo de 1992 dio pie a los Diálogos Nacionales del año 1997 y 2000 que crearon las condiciones para que las instituciones públicas de Bolivia, asumieran un nuevo rol que respondiese a las nuevas formas de participación política ciudadana que también se generaban desde estos mismos escenarios.
32 El Título, que así llamaron, de Ministro de la Corte Suprema de Justicia, fue otorgado el 12 de febrero de 1993. El periodo de gestión, según el Art. 126 de la CPE de entonces, estipulaba 10 años, es decir su mandato se extendió hasta el año 2003. Junto al Dr. Arancibia fueron electos 6 Ministros más. Es indudable, aunque por ahora no se pueda comprobar, que la amistad del Dr. Arancibia con el entonces Presidente de Bolivia, Jaime Paz Zamora, haya tenido también algún efecto. Esto es evidente, porque al momento de plantear y concretar varias reformas al poder judicial, fueron Guillermo Arancibia y Jaime Paz, en muchas ocasiones, de un mismo pensamiento.
33 Ley 1455 de Organización Judicial, La Paz, 18 de febrero de 1993
34 Discurso en el acto de inauguración de la Unidad de Capacitación Judicial. Que con el apoyo de USAID se implementó desde entonces en Bolivia
35 La sentencia fue pronunciada el 21 de abril de 1993, condenando a 30 años de presidio sin derecho a indulto a los más importantes miembros de aquel gobierno militar.
36 El proceso contra el Dr. Edgar Oblitas F., concluyó con la defenestración de éste el año 1994
37 EXCMA. CORTE SUPREMA DE BOLIVIA/ Edit. Judicial/ Sucre/ 2001/pp74 (negrillas y subrayado es nuestro)
38 Convenio de Crédito N° IDA-27.050; PPFI- P8.251 entre la Asociación Internacional de Fomento (Banco Mundial) y el Gobierno de Bolivia para financiar el Programa de Reforma Judicial de Bolivia, por US $11 millones. Aplicable desde 1995 hasta el año 2000. Copia perteneciente al Archivo del Dr. Arancibia.
39 PODER JUDICIAL DE BOLIVIA/ Labores Judiciales 1999/Sucre/pp.204/Discurso del Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Judicatura Dr. Oscar Hassenteufel
40 EL DIARIO/ Suplemento Jurídico/La Paz/ 27 Feb./1998/pp. 7
41 Tribunal Constitucional (1999); Defensor del Pueblo (1998); Tribunal Agrario (1999); Consejo de la Judicatura (1998)
42 Entrevista con Dr. Guillermo Arancibia, año 2017
43 La Resolución en su fundamentación señala que: “El Dr. Guillermo Arancibia López, se ha destacado por su vocación de servicio a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en particular, y al Poder Judicial, en general, contribuyendo de manera decidida en la solución de problemas institucionales perentorios, en momentos en que se hacía imperioso conservar la unidad del Poder Judicial, brindando en dicha labor toda su capacidad profesional...” La Condecoración le fue impuesta el 16 de julio de 1999. Ambas Resolución y Condecoración quedan en poder de la familia Arancibia.