El TED dará línea para avanzar en la Ley Electoral para Tarija
Los cinco vocales del Tribunal Electoral Departamental (TED) y una comisión de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) se reunirán a las 16.00 horas de hoy jueves 26 de julio, para analizar y consensuar el proyecto de la Ley Electoral. El presidente de ALDT, Guillermo Vega,...
Los cinco vocales del Tribunal Electoral Departamental (TED) y una comisión de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) se reunirán a las 16.00 horas de hoy jueves 26 de julio, para analizar y consensuar el proyecto de la Ley Electoral. El presidente de ALDT, Guillermo Vega, indicó que en caso de existir una respuesta favorable se procederá al tratamiento en el interior de la Asamblea, pero en caso de presentar observaciones se deberá retroceder y regresar al inicio para volver a plantear la propuesta de ley.
En cuanto a la petición de la dirigencia campesina de Cercado, sobre introducir un curul mediante elección directa como parte del pueblo campesino, la propuesta se analizará y se procederá dentro del marco legal que el TED apruebe. La Comisión de Constitución de la ALDT deberá resolver esta propuesta y darle viabilidad o dar marcha atrás.
Los elementos que se deberán dilucidar respecto a la ley Electoral son cuatro. En primer lugar incorporar la elección de los subgobernadores, aunque al respecto algunos asambleístas como Mauricio Lea Plaza indicaron que existen tres declaraciones por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que definen que los subgobernadores no pueden ser electos por voto, pero varios sectores demandaron que los subgobernadores puedan ser electos democráticamente.
En segundo lugar, se deberá plantear el reparto de curules de la Asamblea en función a población y territorio de las provincias. La actual conformación de la Asamblea tiene como base a 30 asambleístas, de los cuales tres son representantes de los Pueblos Indígenas Originarios y de los 27 restantes, 12 son de provincia, denominados asambleístas territoriales, y 15 asambleístas por población.
En este punto, los campesinos de Cercado pidieron que se integre el sector directamente en los curules, tal como los Pueblos Indígenas. Ante esa solicitud la directiva de la ALDT y el TED deberán considerar si es factible y legal o si no se tomará en cuenta. El sistema actual, que fue utilizado para la elección del 2015, partió bajo la circunscripción municipal para escoger los escaños, pero ese procedimiento ya no podrá aplicarse en el nuevo marco electoral.
La Ley de Régimen Electoral establece que los asambleístas territoriales son uninominales, es decir que deberán ser electos por circunscripción uninominal, bajo una circunscripción electoral, y los asambleístas poblacionales por elección plurinominal, en función a los votos que saca el partido que los postula.
El asambleísta del MAS, Erwin Mansilla, indicó que los campesinos buscan un escaño para cada municipio del pueblo campesino. “Esto lo veremos con claridad y que la Comisión de Constitución sea la que encamine la Ley Electoral porque se ha disuelto la Comisión Especial. Existe la petición de los campesinos de manera pública”, dijo Mansilla y explicó que de los dos escaños que se tienen por provincia, el dirigente campesino de la Central de Cercado pidió que uno de ellos sea del sector, pero que deberá entrar en debate.
En tercer lugar, se deberá incorporar al sistema de gobierno la figura del vicegobernador, el cual no deberá pasar por alto la paridad con enfoque de género, es decir que si el gobernador electo es hombre, la vicegobernadora deberá ser mujer y viceversa.
El último tema pendiente será la aplicación del resultado del último censo para la distribución de los escaños. El sistema de distribución de escaños que lo establece el TED deberá tomar en cuenta los datos actualizados.
¿Qué es la Ley Electoral y para que sirve?
La Ley Electoral, como su nombre lo establece, se encarga de regular el Régimen Electoral para el ejercicio de la democracia intercultural, basada en la complementariedad de la democracia directa y participativa, la democracia representativa y la democracia comunitaria en el Estado Plurinacional de Bolivia. Los principios, de observancia obligatoria, que rigen su ejercicio son: soberanía popular, plurinacionalidad, interculturalidad, complementariedad, igualdad, participación y control social, representación, equivalencia, pluralismo político, mayoría y proporcionalidad, preclusión y publicidad y transparencia.
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En cuanto a la petición de la dirigencia campesina de Cercado, sobre introducir un curul mediante elección directa como parte del pueblo campesino, la propuesta se analizará y se procederá dentro del marco legal que el TED apruebe. La Comisión de Constitución de la ALDT deberá resolver esta propuesta y darle viabilidad o dar marcha atrás.
Los elementos que se deberán dilucidar respecto a la ley Electoral son cuatro. En primer lugar incorporar la elección de los subgobernadores, aunque al respecto algunos asambleístas como Mauricio Lea Plaza indicaron que existen tres declaraciones por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que definen que los subgobernadores no pueden ser electos por voto, pero varios sectores demandaron que los subgobernadores puedan ser electos democráticamente.
En segundo lugar, se deberá plantear el reparto de curules de la Asamblea en función a población y territorio de las provincias. La actual conformación de la Asamblea tiene como base a 30 asambleístas, de los cuales tres son representantes de los Pueblos Indígenas Originarios y de los 27 restantes, 12 son de provincia, denominados asambleístas territoriales, y 15 asambleístas por población.
En este punto, los campesinos de Cercado pidieron que se integre el sector directamente en los curules, tal como los Pueblos Indígenas. Ante esa solicitud la directiva de la ALDT y el TED deberán considerar si es factible y legal o si no se tomará en cuenta. El sistema actual, que fue utilizado para la elección del 2015, partió bajo la circunscripción municipal para escoger los escaños, pero ese procedimiento ya no podrá aplicarse en el nuevo marco electoral.
La Ley de Régimen Electoral establece que los asambleístas territoriales son uninominales, es decir que deberán ser electos por circunscripción uninominal, bajo una circunscripción electoral, y los asambleístas poblacionales por elección plurinominal, en función a los votos que saca el partido que los postula.
El asambleísta del MAS, Erwin Mansilla, indicó que los campesinos buscan un escaño para cada municipio del pueblo campesino. “Esto lo veremos con claridad y que la Comisión de Constitución sea la que encamine la Ley Electoral porque se ha disuelto la Comisión Especial. Existe la petición de los campesinos de manera pública”, dijo Mansilla y explicó que de los dos escaños que se tienen por provincia, el dirigente campesino de la Central de Cercado pidió que uno de ellos sea del sector, pero que deberá entrar en debate.
En tercer lugar, se deberá incorporar al sistema de gobierno la figura del vicegobernador, el cual no deberá pasar por alto la paridad con enfoque de género, es decir que si el gobernador electo es hombre, la vicegobernadora deberá ser mujer y viceversa.
El último tema pendiente será la aplicación del resultado del último censo para la distribución de los escaños. El sistema de distribución de escaños que lo establece el TED deberá tomar en cuenta los datos actualizados.
¿Qué es la Ley Electoral y para que sirve?
La Ley Electoral, como su nombre lo establece, se encarga de regular el Régimen Electoral para el ejercicio de la democracia intercultural, basada en la complementariedad de la democracia directa y participativa, la democracia representativa y la democracia comunitaria en el Estado Plurinacional de Bolivia. Los principios, de observancia obligatoria, que rigen su ejercicio son: soberanía popular, plurinacionalidad, interculturalidad, complementariedad, igualdad, participación y control social, representación, equivalencia, pluralismo político, mayoría y proporcionalidad, preclusión y publicidad y transparencia.
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