La ley electoral no tiene fecha para el debate en la Asamblea
El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT), Guillermo Vega, sostuvo que aún no hay fecha prevista para iniciar el debate de la ley de régimen electoral departamental porque se encuentran a la espera de la actualización del último censo para definir las...
El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT), Guillermo Vega, sostuvo que aún no hay fecha prevista para iniciar el debate de la ley de régimen electoral departamental porque se encuentran a la espera de la actualización del último censo para definir las proyecciones de la población en los municipios.
Vega sostuvo que se comunicó con el presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) Gustavo Ávila Mercado, y no se tiene el informe correspondiente sobre las observaciones al proyecto de ley presentado al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). “Puede ser la próxima semana o en 15 días, pero tenemos que hacer una ley lectoral porque así lo manda el Estatuto Autonómico y el TCP antes de las próximas elecciones”, señaló.
Los principales elementos que se deberán dilucidar respecto a la ley electoral son cuatro. Primero incorporar la elección de los subgobernadores, aunque al respecto, el asambleísta, Mauricio Lea Plaza, indicó que existen tres declaraciones por parte del TCP que definen que los subgobernadores no pueden ser electos por voto. Pero existe la demanda de varios sectores que esperan que los subgobernadores puedan ser electos democráticamente.
En segundo lugar, se deberá plantear el reparto de curules de la Asamblea en función a población y territorio de las provincias. La actual conformación de la Asamblea tiene como base a 30 asambleístas de los cuales tres son representantes de los Pueblos Indígenas Originarios y de los 27 restantes, 12 son de provincia, denominados asambleístas territoriales, y 15 denominados asambleístas poblacionales.
El sistema actual, que fue utilizado para la elección del 2015, partió bajo la circunscripción municipal para escoger los escaños, pero ese procedimiento ya no podrá aplicarse en el nuevo marco electoral. La ley de régimen electoral establece que los asambleístas territoriales son uninominales, es decir que deberán ser electos por circunscripción uninominal, bajo una circunscripción electoral, y los asambleístas poblacionales por elección plurinominal, en función a los votos que saca el partido que los postula.
En tercer lugar, se deberá incorporar al sistema de gobierno la figura del vicegobernador. Lea Plaza señaló que en este tema no se debe pasar por alto la equidad de género, es decir que si el gobernador electo es hombre, la vicegobernadora será mujer y viceversa. “Ellos deberán ir en una sola formula y se escogerá a ambos”, explicó.
Finalmente, el último tema pendiente será la aplicación del resultado del último censo para la distribución de los escaños. El sistema de distribución de escaños que lo establece el TED deberá tomar en cuenta los datos actualizados.
La ALP puede aprobar ley electoral nacional
En caso de no presentar una propuesta de ley electoral antes de las próximas elecciones, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) elaborará una ley que será aplicada en todos los departamentos sin propuestas.
La ley del régimen electoral departamental se origina en el ejercicio de una competencia compartida con el nivel nacional. La Constitución Política del Estado (CPE) establece la posibilidad de elaborar una legislación electoral a partir de una Ley Marco Nacional a través de las competencias compartidas. La propuesta de ley departamental que la Asamblea Legislativa de Tarija prevé entregar este año no deberá salir del marco de la ley nacional y tiene que establecer todos los mecanismos de elección de autoridades en el departamento.
La ALDT remitió al Tribunal Electoral Departamental (TED) un proyecto inicial de ley, elaborado por la Comisión de Constitución, para que la instancia emita una postura. La respuesta será expuesta en una reunión para aclarar las observaciones del TED. Por otro lado, la entidad legislativa realizó consultas ante el TCP respecto al tema de los subgobernadores y la aplicación del censo.
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Vega sostuvo que se comunicó con el presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) Gustavo Ávila Mercado, y no se tiene el informe correspondiente sobre las observaciones al proyecto de ley presentado al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). “Puede ser la próxima semana o en 15 días, pero tenemos que hacer una ley lectoral porque así lo manda el Estatuto Autonómico y el TCP antes de las próximas elecciones”, señaló.
Los principales elementos que se deberán dilucidar respecto a la ley electoral son cuatro. Primero incorporar la elección de los subgobernadores, aunque al respecto, el asambleísta, Mauricio Lea Plaza, indicó que existen tres declaraciones por parte del TCP que definen que los subgobernadores no pueden ser electos por voto. Pero existe la demanda de varios sectores que esperan que los subgobernadores puedan ser electos democráticamente.
En segundo lugar, se deberá plantear el reparto de curules de la Asamblea en función a población y territorio de las provincias. La actual conformación de la Asamblea tiene como base a 30 asambleístas de los cuales tres son representantes de los Pueblos Indígenas Originarios y de los 27 restantes, 12 son de provincia, denominados asambleístas territoriales, y 15 denominados asambleístas poblacionales.
El sistema actual, que fue utilizado para la elección del 2015, partió bajo la circunscripción municipal para escoger los escaños, pero ese procedimiento ya no podrá aplicarse en el nuevo marco electoral. La ley de régimen electoral establece que los asambleístas territoriales son uninominales, es decir que deberán ser electos por circunscripción uninominal, bajo una circunscripción electoral, y los asambleístas poblacionales por elección plurinominal, en función a los votos que saca el partido que los postula.
En tercer lugar, se deberá incorporar al sistema de gobierno la figura del vicegobernador. Lea Plaza señaló que en este tema no se debe pasar por alto la equidad de género, es decir que si el gobernador electo es hombre, la vicegobernadora será mujer y viceversa. “Ellos deberán ir en una sola formula y se escogerá a ambos”, explicó.
Finalmente, el último tema pendiente será la aplicación del resultado del último censo para la distribución de los escaños. El sistema de distribución de escaños que lo establece el TED deberá tomar en cuenta los datos actualizados.
La ALP puede aprobar ley electoral nacional
En caso de no presentar una propuesta de ley electoral antes de las próximas elecciones, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) elaborará una ley que será aplicada en todos los departamentos sin propuestas.
La ley del régimen electoral departamental se origina en el ejercicio de una competencia compartida con el nivel nacional. La Constitución Política del Estado (CPE) establece la posibilidad de elaborar una legislación electoral a partir de una Ley Marco Nacional a través de las competencias compartidas. La propuesta de ley departamental que la Asamblea Legislativa de Tarija prevé entregar este año no deberá salir del marco de la ley nacional y tiene que establecer todos los mecanismos de elección de autoridades en el departamento.
La ALDT remitió al Tribunal Electoral Departamental (TED) un proyecto inicial de ley, elaborado por la Comisión de Constitución, para que la instancia emita una postura. La respuesta será expuesta en una reunión para aclarar las observaciones del TED. Por otro lado, la entidad legislativa realizó consultas ante el TCP respecto al tema de los subgobernadores y la aplicación del censo.
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