Observaciones al PGE 2024

Escuchando las noticias, pude apreciar, como muchos Asambleístas desconocen el procedimiento presupuestario y su correspondiente registro, en la entrevista el periodista le preguntaba la razón de la observación a la aprobación de recursos de crédito externo, a lo que el asambleísta respondía que no se tenía el detalle de “a qué proyecto estaba destinado el mencionado crédito”.

Cuando un organismo internacional aprueba un crédito, lo hace de forma “general” y de acuerdo a objetivos previamente establecidos entre el Organismo y el Estado Nacional, por ejemplo con el organismo internacional se aprueba el crédito por $us1.000.000, para la integración carretera de los departamento de Beni y Pando. Con este detalle tanto el Gobierno, la Asamblea y los organismos internacionales establecen que el crédito de nuestro ejemplo este exclusivamente para la integración carretera de 2 Departamentos.

La lógica del entrevistado era que ese crédito no se tenía el detalle de “en que proyecto de inversión” se registraría, tampoco se sabía que entidad ejecutaría el mencionado proyecto y que según su análisis, existía el riesgo de que el gobierno “pueda desviar” esos recursos a otros fines.

Debemos aclarar que (en nuestro ejemplo), si el organismo internacional verificara que el crédito fue destinado a otros fines, incluso si el gobierno decidiera realizar la “integración carretera de Tarija y Potosí” dejando de lado a Beni y Pando el organismo internacional exigiría la devolución de los recursos y el país quedaría inhabilitado de solicitar nuevos créditos de ese organismo, no creo que exista gobierno alguno que se arriesgue a tanto.

Pero, ¿Por qué el gobierno no incorpora en el PGE el proyecto de inversión?, la respuesta es clara, para que el gobierno pueda registrar actividades corrientes (pago de sueldos, compra de papel y otros), recurrentes (mantenimiento de carreteras o de calles en el caso de municipios) y Proyectos de Inversión, los recursos deben estar aprobados o si se quiere “asegurados” detallando la fuente y organismo financiador (esto se encuentra establecido en la normativa presupuestaria vigente).

Como se puede apreciar se entra a un círculo vicioso, con la “confusión” de los procedimientos, en nuestro ejemplo no se puede registrar el proyecto de inversión financiado con crédito externo y adicionarlo al total del PGE, debido a que no se tiene aprobado o “asegurado” los recursos proveniente de los organismos internacionales y los asambleístas; sobre todo de oposición, no quieren aprobar los créditos externos porque el gobierno no específica a que proyecto de inversión se destinara.

Los créditos externos, otorgados por organismos internacionales no pueden ser destinados a otros fines, incluso en algunos casos el desembolso de estos créditos no son en su totalidad, en muchos casos los desembolsos se realizan de acuerdo a los avances del proyecto y si esos avances no están en los marcos estipulados son observados.

Para que no exista estas “obstaculizaciones” en la aprobación del Presupuesto, considero que es necesario que los ministerios de Economía y de Planificación deberían realizar capacitaciones a los Asambleístas respecto a la normativa presupuestaria y sobre todo a la operatividad del registro, aprobación y ejecución de los recursos, esta capacitación se realizaría antes de que la Asamblea inicie el correspondiente debate de la ley del PGE de cada gestión.?


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