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Inmigración estudiantil

En la presente Gestión Educativa y Escolar 2022, se incrementó la inmigración de estudiantes del área urbana a contextos rurales, a causa, de las asimetrías en la modalidad a distancia, en relación a los elevados costos económicos para acceder a las plataformas de videoconferencias, limitaciones tecnológicas y la mínima asimilación de contenidos de las áreas de saberes y conocimientos.

            Por consiguiente, las unidades educativas fiscales del área rural que optaron por la modalidad presencial, elevaron su estadística de estudiantes en un 100% a 300% aproximadamente, en relación a la gestión pasada, haciendo deducir que el desarrollo curricular a distancia (virtual) carece de limitaciones de fondo e irreversibles para el futuro.

            Precedente realidad educativa, continúa emergiendo en varios contextos educativos rurales, a días del cierre de las inscripciones, vale decir; el 18 de enero del año en curso, se conocerá exactamente la cantidad de estudiantes que inmigraron del área urbana a unidades educativas dispersas.

            No obstante, la elevada inmigración de estudiantes de contextos urbanos a unidades educativas rurales, fue determinante para que algunas alcaldías se resistan injustificadamente a invertir más recursos económicos, soslayando el derecho a recibir educación sin discriminación, simétrica, universal, intercultural, democrática, unitaria y de libre elección, establecidos en los artículos 17, 78 y 82 de la Constitución Política del Estado (CPE).

            Consecuentemente, el artículo 82, parágrafo II, de la CPE, dispone que; el Estado apoyará con prioridad a los estudiantes con menos posibilidades económicas para que accedan a los diferentes niveles del sistema educativo, mediante recursos económicos, programas de alimentación, vestimenta, transporte, material escolar; y en áreas dispersas, con residencias estudiantiles, de acuerdo con la ley.

            Asimismo, en sujeción al artículo 80 de la Ley Nº 070 “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”; los gobiernos autónomos municipales con jurisdicción y competencia en unidades educativas rurales, tienen la obligación de atender las necesidades de todos los estudiantes matriculados en la presente Gestión y Escolar 2022.

            Consiguientemente, los vacíos de aprendizaje en estudiantes de inicial, primaria y secundaria, se constituirán irreversibles si los niveles; central, departamental y municipal, continúan soslayando sus competencias; exclusivas, concurrentes y compartidas, en relación al acceso simétrico a la educación en plena crisis sanitaria por la Covid – 19.


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