Auditaje y Redistribución del IDH: urgente!

El IDH (Impuesto Directo a los Hidrocarburos) debe ser sometido primero que nada a un auditaje sobre su utilización de las gestiones 2005-2011 y posteriormente habría que analizar si será parte del government take en la conceptualización de las cargas tributarias nuevas o reclasificadas que...

El IDH (Impuesto Directo a los Hidrocarburos) debe ser sometido primero que nada a un auditaje sobre su utilización de las gestiones 2005-2011 y posteriormente habría que analizar si será parte del government take en la conceptualización de las cargas tributarias nuevas o reclasificadas que necesariamente dispondrá la nueva Ley de Hidrocarburos.Sólo en éstos nueves meses del año el estado boliviano percibió más de USD 1.260,00 (mil doscientos sesenta millones de dólares americanos) por concepto de de pago de Regalías, Participación e IDH, según cifras de varios estudiosos de la temática energética y de la propia estatal a cargo de petróleo y gas.Obviamente las cifras varían –positivamente en algunos casos- cuando la exportación de gas natural a Brasil y Argentina se incrementan, y también cuando hay variaciones de volúmenes requeridos y de preciso establecidos trimestralmente, siempre en función del precio de petróleo referencial WTI (West Texas Intermediate, que es un promedio, en cuanto a calidad, del petróleo producido en campos del occidente del estado americano de Texas y que sirve de referencial para fijar precios de otros petróleos).El concepto del auditaje es determinar el uso y destino del dinero del IDH, además del dinero de los otros conceptos tributarios como Regalías y Participación que han sido movidos y utilizados como “renta” mediante cuentas bancarias del Tesoro General del Estado (TGE) y otras pertenecientes del estado central y de las gobernaciones.En estos diez meses del año, a título de ejemplo, el departamento de Tarija percibió como transferencia más o menos USD 170,00 millones comparativamente a lo que percibieron, como ejemplo, Beni que recibió 15 millones y Pando 10.Obviamente se toman en cuenta consideraciones de producción. Los departamentos productores perciben mucho más que los no-productores sin embargo el auditaje y la redistribución deben ser motivo de análisis a incorporarse en la nueva Ley.Los criterios de auditaje deben ser, entre otros: desde 2005 se deben medir los impactos de ese dinero en cuanto a la reducción de niveles de pobreza extrema, qué programas de infraestructura se han construido en el periodo, y cuáles están haciendo impacto directo en la población urbana y rural.Lo que sí debe estar normado es la redistribución de la futra renta por hidrocarburos y su utilización de manera directa por gobernaciones de departamentos productores.Sin embargo debe prevalecer el criterio de los Objetivos de Desarrollo del Milenio «crecer sin redistribuir es tan ineficiente como solo redistribuir».De todas maneras es un tema de debate que va a salir “a flote” cuando se debata o “socialice” el proyecto de ley de Hidrocarburos que hará el Parlamento en las regiones del país.Lo más importante es -reitero- saber en qué se destino tanto dinero....*Máster en Administración y consultor del sector privado.

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