Gobierno congela el precio del GLP en Bs 22,50, pero la subvención rige hasta diciembre
El Decreto Supremo 5746 establece un mecanismo de compensación para absorber el aumento de los costos de distribución por el encarecimiento del diésel. La norma no fija una nueva fecha de vigencia para este mecanismo, mientras que otro decreto establece que la subvención al GLP se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2026.
El Gobierno nacional mantendrá en Bs 22,50 el precio de la garrafa de Gas Licuado de Petróleo (GLP) de 10 kilogramos, mediante un mecanismo de compensación que busca evitar que el incremento de los costos de distribución, derivado del encarecimiento del diésel, se traslade a los consumidores.
La medida está establecida en el Decreto Supremo 5746, del 13 de octubre de 2026, que actualiza los márgenes de comercialización mayorista y minorista del GLP y dispone que las diferencias sean compensadas a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) mediante Notas de Crédito Fiscal (NOCRES).
El objetivo es mantener estable el precio final que pagan las familias por la garrafa, pese a las variaciones en los costos operativos de la cadena de distribución.
La normativa no establece una nueva fecha límite para el mecanismo de actualización de márgenes y compensación. Sin embargo, el Decreto Supremo 5667, aprobado el 30 de julio de este año, dispone que la subvención al GLP producido en plantas y refinerías se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2026.
Por tanto, aunque el nuevo decreto mantiene el precio de la garrafa en Bs 22,50, no anuncia una extensión de la subvención más allá de diciembre. Cualquier modificación de ese plazo requeriría una disposición normativa posterior.
Compensación para evitar el alza
El Decreto Supremo 5746 establece un mecanismo para actualizar los márgenes de comercialización del GLP en función de las variaciones del precio regulado del diésel.
La diferencia será compensada a YPFB mediante NOCRES, con el propósito de cubrir los mayores costos sin incrementar el precio final de la garrafa.
De esta manera, el Estado mantiene un mecanismo de apoyo al precio del GLP, mientras que los costos adicionales de distribución son atendidos mediante compensaciones fiscales.
La norma también prevé la adecuación de la metodología correspondiente para la aplicación de los nuevos márgenes de comercialización.
El plazo de la subvención
El antecedente normativo es el Decreto Supremo 5667, que estableció la continuidad de la subvención al GLP producido en plantas y refinerías hasta el 31 de diciembre de 2026.
Esa disposición mantiene como referencia el cierre de la gestión para la vigencia del mecanismo de subvención. El Decreto Supremo 5746, por su parte, se concentra en ajustar los márgenes de distribución y establecer la compensación de las diferencias, sin anunciar una nueva fecha de conclusión.
Así, el precio oficial de Bs 22,50 se mantiene bajo el esquema vigente, pero la continuidad de la subvención después de diciembre dependerá de las decisiones normativas que adopte el Gobierno.








