Nueva ley de excepción amplía facultades del Estado frente a crisis internas
La Cámara de Diputados se apresta a debatir el Proyecto de Ley 161/2025-2026, denominado Ley de Regulación de Estados de Excepción, una iniciativa que busca reglamentar la aplicación de esta figura constitucional y establecer las condiciones para la intervención de las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana en situaciones extraordinarias.
La norma, aprobada por la Cámara de Senadores el 4 de junio, establece que el presidente del Estado podrá declarar un estado de excepción mediante decreto supremo cuando exista peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastre natural. Asimismo, fija que la medida podrá aplicarse en todo o parte del territorio nacional.
Uno de los aspectos centrales del proyecto es que el estado de excepción tendrá una vigencia de hasta 90 días, con la posibilidad de ampliarse de manera excepcional previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
La propuesta también define el concepto de "conmoción interna", incluyendo situaciones de violencia generalizada, disturbios masivos, sabotaje, terrorismo, paralización de servicios esenciales u otros hechos que comprometan la estabilidad institucional, la seguridad pública o el orden constitucional.
En cuanto al papel de las fuerzas del orden, el texto señala que la Policía Boliviana mantendrá el mando primario en las operaciones de preservación del orden público. Sin embargo, autoriza el apoyo extraordinario de las Fuerzas Armadas cuando la Policía sea superada o exista una insuficiencia operativa para controlar la situación.
Entre las tareas que podrán asumir los militares figuran la protección de infraestructura crítica, el resguardo de instalaciones públicas, la seguridad de rutas estratégicas de abastecimiento, el apoyo logístico y humanitario, así como acciones destinadas a garantizar la libre transitabilidad de las personas.
El proyecto también dispone que, una vez declarado el estado de excepción, el Ejecutivo deberá comunicar la medida a la Asamblea Legislativa para su consideración. Los legisladores tendrán un plazo máximo de 72 horas para debatir y pronunciarse sobre su vigencia.
La iniciativa establece además que la declaración del estado de excepción no podrá suspender derechos fundamentales, garantías constitucionales, el debido proceso ni las acciones de defensa reconocidas por la Constitución Política del Estado.
El tratamiento de esta propuesta en la Cámara de Diputados se da en medio del debate nacional sobre la respuesta estatal ante conflictos sociales, bloqueos de carreteras y situaciones que afectan el abastecimiento, la seguridad pública y el funcionamiento de servicios esenciales.
Las diferencias entre la Ley 1341 y el nuevo proyecto de excepción
El Proyecto de Ley 161/2025-2026 introduce varias modificaciones respecto a la actual Ley 1341 de Estados de Excepción, promulgada en 2020. Entre los cambios más relevantes, la nueva propuesta amplía de 60 a 90 días el plazo máximo de vigencia de un estado de excepción y permite su extensión con autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Asimismo, desarrolla con mayor detalle las causales para su declaratoria, incorporando definiciones específicas sobre conmoción interna, amenaza externa y protección de infraestructura crítica.
La iniciativa también establece de manera expresa que la Policía Boliviana mantendrá el control de las operaciones de orden público, pero habilita la participación extraordinaria de las Fuerzas Armadas cuando la capacidad operativa policial resulte insuficiente. Además, enumera las funciones que podrán cumplir los militares, entre ellas la protección de rutas estratégicas de abastecimiento, instalaciones públicas, servicios esenciales y el apoyo para garantizar la libre transitabilidad.
Otro aspecto novedoso es que el proyecto incorpora la presunción de legalidad de las actuaciones realizadas por policías y militares durante el estado de excepción, además de garantizarles patrocinio legal institucional en caso de investigaciones derivadas de sus intervenciones. La propuesta también autoriza el arresto temporal de personas que incumplan las disposiciones del estado de excepción por un periodo que no podrá exceder las ocho horas, antes de ser puestas ante una autoridad competente.
Aunque la nueva norma amplía las herramientas operativas del Estado, mantiene la prohibición de suspender derechos fundamentales, garantías constitucionales, el debido proceso y las acciones de defensa, ratificando que las medidas excepcionales deben aplicarse dentro de los límites establecidos por la Constitución.





