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Aduana recuerda que vehículos de turismo pueden permanecer en Bolivia hasta 90 días

Nacional
  • Agencia
  • 23/08/2022 10:09
Aduana recuerda que vehículos de turismo pueden permanecer en Bolivia hasta 90 días
Control de vehículos de turismo que ingresan al país.

Los vehículos utilizados para el turismo pueden permanecer en territorio boliviano hasta por 90 días o extender el plazo por similar periodo, previa solicitud del interesado, recordó el administrador de Aduana Frontera Yacuiba, Luis Sagredo.

Asimismo, los propietarios de estos vehículos que busquen ingresar o salir de Bolivia, pueden hacerlo ágilmente con el llenado del formulario correspondiente en el sistema de la Aduana.

Cada formulario de solicitud se consolida como una Declaración Jurada sobre el uso privado de vehículos de turismo. Este documento registra las características del motorizado y especifica plazos, por tanto, al ser firmado por el turista, da a conocer que sabe de la normativa boliviana y acepta cumplirla a cabalidad.

“Por ejemplo, la pasada semana un ciudadano argentino intentó salir de Bolivia con su vehículo por el Área de Control Integrado (ACI) de Yacuiba, con más de cuatro meses y 22 días de vencimiento del plazo que le fue establecido cuando ingresó al país”, informó Sagredo.

Esta persona realizó el mismo procedimiento en mayo de 2016, ingresó y salió del país con su vehículo sin problema alguno, teniendo conocimiento de los plazos que se le otorgaron para retirar su motorizado y evitar contravenciones aduaneras.

En su última visita (año 2022), el ciudadano realizó el mismo procedimiento, solicitando 30 días de permanencia y suscribiendo el formulario de Declaración Jurada, donde confirmaba que saldría de Bolivia en un mes, es decir, permanecería desde el 21 de enero hasta el 20 de febrero.

Sin embargo, acudió a la Aduana en julio, excediendo así su tiempo límite, sin haber solicitado ningún tipo de prórroga para su estadía.

Actualmente, el vehículo se encuentra en recintos de la Aduana. Por normativa, tiene un plazo de 30 días para presentar un recurso de alzada a través de la Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT).

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