“Usted simplemente ejecuta lo que dice el TCP”
El vicepresidente Álvaro García Linera dijo que el Tribunal Supremo Electoral no puede dudar, sobre la aplicación de la sentencia 084/2017 del Tribunal Constitucional Plurinacional que permite la repostulación del presidente Evo Morales. “Ante esas dudas que puede tener el Tribunal...
El vicepresidente Álvaro García Linera dijo que el Tribunal Supremo Electoral no puede dudar, sobre la aplicación de la sentencia 084/2017 del Tribunal Constitucional Plurinacional que permite la repostulación del presidente Evo Morales.
“Ante esas dudas que puede tener el Tribunal Supremo Electoral ‘de qué hago’: no dude, usted no puede dudar, porque usted no interpreta, usted simplemente ejecuta lo que dice un órgano superior en el ámbito constitucional que se llama TCP”, sostuvo Linera.
Insistió que “son dos cosas distintas” el referéndum del 21 de febrero de 2016, respecto al artículo 168 de la Constitución Política del Estado y la acción abstracta de inconstitucional que resolvió el Tribunal Constitucional Plurinacional.
“El referéndum fue para modificar un artículo de la Constitución Política del Estado y la gente mayoritariamente con el 1% por encima del 50%, dijo No; que no se modifique ese artículo de la Constitución y no se ha modificado”, sostuvo.
Después del referéndum, el MAS acudió al Tribunal Constitucional con una acción abstracta de inconstitucionalidad, el fallo resolvió que todas las autoridades electas pueden repostularse sin ningún límite, lo que contradice el artículo 168 de la Carta Magna.
“¿Qué queda hacer?, simplemente cumplir lo que el Tribunal Constitucional ha dicho, porque quién interpreta la Constitución no es ni la Asamblea Legislativa Plurinacional, ni el Órgano Ejecutivo y mucho menos el Órgano Electoral, el único que interpreta es el Tribunal Constitucional”, insistió.
La oposición espera que el TSE inhabilite a los anunciados candidatos del MAS: Evo Morales y Álvaro García Linera, en aplicación del referéndum del 21 de febrero de 2019.
“Ante esas dudas que puede tener el Tribunal Supremo Electoral ‘de qué hago’: no dude, usted no puede dudar, porque usted no interpreta, usted simplemente ejecuta lo que dice un órgano superior en el ámbito constitucional que se llama TCP”, sostuvo Linera.
Insistió que “son dos cosas distintas” el referéndum del 21 de febrero de 2016, respecto al artículo 168 de la Constitución Política del Estado y la acción abstracta de inconstitucional que resolvió el Tribunal Constitucional Plurinacional.
“El referéndum fue para modificar un artículo de la Constitución Política del Estado y la gente mayoritariamente con el 1% por encima del 50%, dijo No; que no se modifique ese artículo de la Constitución y no se ha modificado”, sostuvo.
Después del referéndum, el MAS acudió al Tribunal Constitucional con una acción abstracta de inconstitucionalidad, el fallo resolvió que todas las autoridades electas pueden repostularse sin ningún límite, lo que contradice el artículo 168 de la Carta Magna.
“¿Qué queda hacer?, simplemente cumplir lo que el Tribunal Constitucional ha dicho, porque quién interpreta la Constitución no es ni la Asamblea Legislativa Plurinacional, ni el Órgano Ejecutivo y mucho menos el Órgano Electoral, el único que interpreta es el Tribunal Constitucional”, insistió.
La oposición espera que el TSE inhabilite a los anunciados candidatos del MAS: Evo Morales y Álvaro García Linera, en aplicación del referéndum del 21 de febrero de 2019.