Milton Barón: los resultados del 21F ya fueron aplicados
El presidente del Senado Milton Barón aseguró que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) ya aplicó los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016, que rechazó la cuarta repostulación del presidente y vicepresidente. “Los resultados del referéndum constitucional de 2016...
El presidente del Senado Milton Barón aseguró que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) ya aplicó los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016, que rechazó la cuarta repostulación del presidente y vicepresidente.
“Los resultados del referéndum constitucional de 2016 ya han sido aplicados por la Asamblea Legislativa Plurinacional, por eso no se modificó el artículo168 de la Constitución Política del Estado objeto de la consulta que en ese momento fue”, declaró Barón.
La pregunta en el referéndum fue: “¿Usted está de acuerdo con la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?” Sí o No.
El 51% de los electores rechazó la reelección por dos veces de manera continua del presidente y vicepresidente, sin embargo, ahora el Gobierno y el Movimiento al Socialismo (MAS) aseguran que no se modificó el artículo 168, por lo tanto el referéndum se ha aplicado.
El senador Barón sostiene que la repostulación de los mandatarios se explica porque la sentencia 084/2017 del Tribunal Constitucional estableció que las autoridades electas pueden repostularse sin límites.
Se refiere al artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica, el que señala “que los derechos políticos se los ejerce de manera amplia e irrestricta y que todas las autoridades electas y los ciudadanos tienen derecho a participar en los distintos procesos electorales y no se puede colocar límites”, asegura.
Asimismo, manifestó que “no existe posibilidad alguna de que el Tribunal Supremo Electoral pueda revisar una sentencia constitucional de acuerdo al artículo 203 de la Constitución”, ya que sus fallos son de carácter vinculante para todos los órganos del Estado.
“Por lo tanto, es un fallo que debe ser acatado por todos, en ese medida el Órgano Electoral no tiene ninguna facultad para discutir o interpretar menos revisar una sentencia constitucional”.
En manos del TSE
El TSE tiene en sus manos la habilitación o inhabilitación de Morales y el vicepresidente, Álvaro García Linera de presentarse como candidato para las elecciones de 2019.
Aunque el mandatario boliviano ya anunció que participará de las primarias de su partidos político en enero del próximo año.
“Los resultados del referéndum constitucional de 2016 ya han sido aplicados por la Asamblea Legislativa Plurinacional, por eso no se modificó el artículo168 de la Constitución Política del Estado objeto de la consulta que en ese momento fue”, declaró Barón.
La pregunta en el referéndum fue: “¿Usted está de acuerdo con la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?” Sí o No.
El 51% de los electores rechazó la reelección por dos veces de manera continua del presidente y vicepresidente, sin embargo, ahora el Gobierno y el Movimiento al Socialismo (MAS) aseguran que no se modificó el artículo 168, por lo tanto el referéndum se ha aplicado.
El senador Barón sostiene que la repostulación de los mandatarios se explica porque la sentencia 084/2017 del Tribunal Constitucional estableció que las autoridades electas pueden repostularse sin límites.
Se refiere al artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica, el que señala “que los derechos políticos se los ejerce de manera amplia e irrestricta y que todas las autoridades electas y los ciudadanos tienen derecho a participar en los distintos procesos electorales y no se puede colocar límites”, asegura.
Asimismo, manifestó que “no existe posibilidad alguna de que el Tribunal Supremo Electoral pueda revisar una sentencia constitucional de acuerdo al artículo 203 de la Constitución”, ya que sus fallos son de carácter vinculante para todos los órganos del Estado.
“Por lo tanto, es un fallo que debe ser acatado por todos, en ese medida el Órgano Electoral no tiene ninguna facultad para discutir o interpretar menos revisar una sentencia constitucional”.
En manos del TSE
El TSE tiene en sus manos la habilitación o inhabilitación de Morales y el vicepresidente, Álvaro García Linera de presentarse como candidato para las elecciones de 2019.
Aunque el mandatario boliviano ya anunció que participará de las primarias de su partidos político en enero del próximo año.