• 18 de junio 2026
  • Menú
    • Opinión
    • Editorial
    • Reflexión
    • Tema del día
    • Columnas
    • Suplementos
    • La Gobernación Informa
    • La Alcaldía Informa
    • La Subgobernación de Cercado informa
    • El SEDEGES informa
    • YPFB Chaco informa
    • Secciones
    • Ecos de Tarija
    • Nacional
    • Internacional
    • Campeón
    • Pura Cepa
    • Crónica
    • Multimedia
    • Merodeos
    • Reportajes
    • El Paisito
    • Búsqueda
    • Listado de autores
    • Semanarios
    • La Mano del Moto
    • La Billetera
    • Cántaro
    • Patria Grande
    • Suscripción Digital
    • Edición
    • Archivo Histórico
    • Archivo Web
    • Despertador / Newsletter
Menú
  • Suscripción Digital
    • Edición
    • Archivo Histórico
    • Archivo Web
    • El Despertador
  • Ads El País
  • Comodín
  • Opinión
    • Editorial
    • Reflexión
    • Tema del día
    • Columnas
  • Suplementos
    • La Gobernación Informa
    • La Alcaldía Informa
    • La Subgobernación de Cercado informa
    • El SEDEGES informa
    • YPFB Chaco informa
  • Secciones
    • Ecos de Tarija
    • Nacional
    • Internacional
    • Campeón
    • Pura Cepa
    • Crónica
    • Multimedia
    • Merodeos
    • Reportajes
    • El Paisito
  • Búsqueda
    • Listado de autores
  • Semanarios
    • La Mano del Moto
    • La Billetera
    • Cántaro
    • Patria Grande
  • Ecos de Tarija
  • Nacional
  • Campeón
  • Edición
  • Comodín

Ley ignora artículo 168 de la CPE para candidaturas

La Ley de Organizaciones Políticas, aprobada y sancionada por la Asamblea Legislativa, toma en cuenta tres artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) como requisitos para candidatos a presidente y vicepresidente en las Elecciones Primarias, sin embargo, ignora el artículo 168 que...

Nacional
  • Erbol
  • 02/09/2018 03:23
La Ley de Organizaciones Políticas, aprobada y sancionada por la Asamblea Legislativa, toma en cuenta tres artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) como requisitos para candidatos a presidente y vicepresidente en las Elecciones Primarias, sin embargo, ignora el artículo 168 que está ratificado por referendo y por su efecto prohíbe la postulación de Evo Morales.
Los requisitos están en el parágrafo IV del artículo 29 de la Ley de Organizaciones Políticas, que a la letra dice: “El Tribunal Supremo Electoral, verificando el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en los Artículos 234, 236 y 239 de la Constitución Política del Estado, registrará las candidaturas habilitadas y difundirá la nómina de las mismas”.
El artículo 234 de la CPE establece los requerimientos para ser funcionario público, como no tener sentencia ejecutoriada, hablar dos idiomas y haber cumplido deberes militares.
El 236 fija las prohibiciones para el funcionario, como el nepotismo, mientras que el 239 plantea las incompatibilidades con la función pública, como obtener ventajas personales del Estado.
Sin embargo, no se toma en cuenta el artículo 168 de la CPE, el cual señala que “el periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.
Dicho artículo, que implicaría inhabilitación de Evo Morales, fue ratificado gracias a la votación en el referendo del 21 de febrero de 2016. Sin embargo, el Tribunal Constitucional dictó en 2017, a pedido del MAS, una sentencia con la cual se suspende su efecto, con el argumento de que la reelección sin limitaciones es un derecho humano.
Ayer sábado, la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, ratificó que el Tribunal Electoral sólo podrá inhabilitar en las Primarias a candidatos que no cumplan con los artículos 234, 236 y 239 de la CPE. No mencionó al 168.
“Las únicas causales por los cuales se podría inhabilitar una candidatura a presidente, vicepresidente, presidenta, vicepresidenta, serán los establecidos en estos tres artículos de la Constitución”, sostuvo.

Apoya al periodismo independiente

Tienes acceso libre a 200 notas al mes. Para tener acceso ilimitado y muchos beneficios más adquiere tu Suscripción Digital. Comienza tu prueba gratis ahora

Suscríbete

¿Ya estás suscrita/o? No olvides iniciar sesión

Acceder

Si te interesa una suscripción corporativa o institucional llámanos al (+591) 78259007

Comentarios

  • Lo más visto
  • Lo Último
    • 1
      Hombre que había sido dado por muerto, ‘revivió’ cuando la Policía lo iba a llevar a la morgue
    • 2
      Adulto mayor cae en escaleras mecánicas del Mercado Central y responsables evitan dar explicaciones
    • 3
      Proponen una hidroeléctrica en Huacata como opción energética
    • 4
      Sentencian a mujer que operaba lenocinio clandestino bajo la fachada de un taller de costura
    • 5
      Presentan iniciativa que declara prioridad el Túnel del Aguaragüe
    • 1
      Suiza y Vajgáz
    • 2
      Encarcelan a un taxista que habría transportado a ladrones
    • 3
      Bermejo busca una salida privada para rescatar la Planta de Cítricos
    • 4
      Sentencian a mujer que operaba lenocinio clandestino bajo la fachada de un taller de costura
    • 5
      COB espera acelerar liberación de detenidos

Puedes publicar tu anuncio en la
página de inicio o en el interior de las notas

Escoge una opción para ver
los espacios disponibles

Página de inicio Interior de Nota

Contacto

  • Calle Colón No. 968 - Tarija, Bolivia
  • (591 4) 664 2732 - (591) 78259007
  • [email protected]

Acerca de Nosotros

  • Quiénes somos
  • Términos y condiciones
  • Políticas de privacidad
© Copyright 2026 :: Boquerón Multimedia | Desarrollado por ITGROUP SYSTEMS