Según un estudio basado en entrevistas realizadas a casi 75.000 personas
OIT: Uno de cada cinco trabajadores sufre acoso
Las mujeres jóvenes tenían el doble de probabilidades que los hombres jóvenes de haber enfrentado violencia y acoso sexuales, y las mujeres migrantes casi el doble de probabilidades que las no migrantes de declarar que habían sido víctimas de violencia y acoso sexuales
En el mundo 743 millones de personas empleadas, 22,8 por ciento, han sufrido algún tipo de violencia en su trabajo, y los grupos más vulnerables son los jóvenes, los migrantes y las mujeres y hombres bajo empleo asalariado, de acuerdo con una encuesta divulgada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Manuela Tomei, subdirectora general de Gobernanza, Derechos y Diálogo de la OIT, indicó al presentar el estudio en esta ciudad suiza que “la violencia y el acoso psicológicos son los más frecuentes en todos los países, y las mujeres están especialmente expuestas a la violencia y el acoso sexuales”.
Esta primera encuesta mundial sobre las experiencias de violencia y acoso en el trabajo fue realizada por la Fundación Lloyd’s Register (LRF en inglés) y la empresa de sondeos Gallup, para “una mejor comprensión sobre un tema arraigado en complejos factores económicos, sociales y culturales”, indicó la OIT.
Estudio
El estudio se basó en entrevistas realizadas en 2021 a casi 75.000 personas empleadas mayores de 15 años, en 121 países y territorios, como parte de la Encuesta Mundial de Riesgos de la LRF.
Las razones más comunes que se aducen para no revelar sus experiencias son que se considera una “pérdida de tiempo” y que las personas que han sufrido abusos temen por su reputación.
Las mujeres eran más propensas a compartir sus experiencias que los hombres (60,7 % frente a 50,1%).
De los encuestados, 6,3 % declaró haber sufrido violencia y acoso sexuales, “estando las mujeres especialmente expuestas”, según el reporte.
Las mujeres jóvenes tenían el doble de probabilidades que los hombres jóvenes de haber enfrentado violencia y acoso sexuales, y las mujeres migrantes casi el doble de probabilidades que las no migrantes de declarar que habían sido víctimas de violencia y acoso sexuales.
Más de tres de cada cinco víctimas afirmaron haber sufrido violencia y acoso en múltiples ocasiones y, para la mayoría, el incidente más reciente tuvo lugar en los últimos cinco años.
Tomei dijo que “es doloroso saber que las personas se enfrentan a la violencia y el acoso no sólo una vez, sino múltiples veces en su vida laboral”.
“El informe nos habla de la enormidad de la tarea que tenemos por delante para acabar con la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Espero que acelere la acción sobre el terreno y hacia la ratificación y aplicación del Convenio 190 de la OIT”, expuso la responsable.
Ese Convenio y la Recomendación 206 de la OIT son “las primeras normas internacionales que proporcionan un marco común para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluyendo la violencia y el acoso por razón de género”, indicó esa agencia de las Naciones Unidas.
El Convenio incluye el reconocimiento específico, por primera vez en el derecho internacional, del derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso, y establece las obligaciones de los signatarios en este sentido.
Andrew Rzepa, socio de la firma Gallup, dijo que “durante demasiado tiempo, las empresas y las organizaciones no han sido conscientes o no han querido abordar la violencia y el acoso en el lugar de trabajo”.
Consideró por eso que “recopilar datos sólidos sobre este tema tan delicado es difícil, pero esencial, y este conjunto proporciona una línea de base que podemos utilizar para el seguimiento del tan necesario progreso en este tema de seguridad vital”.
También Sarah Cumbers, de LRF, sostuvo que “para abordar retos mundiales de seguridad tan difíciles y arraigados como la violencia y el acoso en el trabajo, es fundamental disponer de buenos datos para comprender el alcance del problema e identificar a las personas que corren más riesgo”.
El informe recomienda en primer lugar recopilar periódicamente datos sobre la violencia y el acoso en el trabajo, a escala nacional, regional y mundial, para fundamentar las leyes, políticas y programas de prevención y reparación.
Asimismo, ampliar y actualizar los mecanismos para prevenir y gestionar eficazmente la violencia y el acoso, entre otras cosas mediante sistemas de inspección laboral y políticas y programas de seguridad y salud en el trabajo.
La CPE de Bolivia prohíbe el acoso
En la Constitución Política del Estado Plurinacional, artículo 49 parágrafo III que establece: “El Estado protegerá la estabilidad laboral. Se prohíbe el despido injustificado y toda forma de acoso laboral. La ley determinará las sanciones correspondientes”, denotándose que tiene como finalidad además de proteger derechos laborales; el de garantizar la estabilidad laboral.
Por otra parte, la Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una vida libre de violencia Nº 348, define en su artículo 7 lo siguiente:
“Violencia Laboral: Es toda acción que se produce en cualquier ámbito de trabajo por parte de cualquier persona de superior, igual o inferior jerarquía que discrimina, humilla, amenaza o intimida a las mujeres; que obstaculiza o supedita su acceso al empleo, permanencia o ascenso y que vulnera el ejercicio de sus derechos”
Respecto a la afectación a la dignidad, las conductas hostiles, humillantes y discriminatorias lesionan la dignidad humana y constituyen formas de agresión que no sólo deteriora el clima de trabajo, sino que son formas disimuladas, pero altamente eficaces de despido o destitución sin justa causa sobre las víctimas.
¿Dónde se puede acudir si se es víctima de acoso laboral?
A la Defensoría del Pueblo, pues en sujeción al mandato constitucional establecido en el artículo 218 de la norma fundamental, el de velar por la vigencia, difusión, promoción y cumplimiento de los derechos humanos individuales y colectivos señalados en la Constitución y en el marco de lo establecido en la Ley 1818; es la instancia competente para atender casos de acoso laboral cuando la víctima es un Servidor o Servidora Pública.
Si la víctima es trabajadora o trabajador en el ámbito privado, corresponde a la Dirección General del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social atender el caso.
Recuerda que el acoso laboral afecta no sólo el derecho al trabajo u otros como la igualdad, sino principalmente a la dignidad de las personas. Si es víctima o conoce casos de acoso laboral, denuncie.
Recuerde que si trabaja en instituciones públicas puede presentar su denuncia en cualquiera de las 19 oficinas que la Defensoría del Pueblo tiene en todo el país o llamar a la línea gratuita: 800-10-8004. También puede presentar tu denuncia en la página web: www.defensoria.gob.bo
Si trabaja en una empresa privada denuncie en la Dirección General del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, ubicada en cada capital de departamento o llame a la línea gratuita en la ciudad de La Paz al 800-10-1044.
ESTUDIO: ALGUNOS DATOS
Y RECOMENDACIONES
Silencio
La violencia y el acoso en el trabajo son difíciles de medir y, según el informe, solo la mitad de las víctimas de todo el mundo habían revelado sus experiencias a otra persona, y a menudo solo después de haber sufrido repetidos incidentes.
Datos
A escala mundial, 17,9% de los hombres y mujeres con empleo, cifra que equivale a 583 millones de personas, dijeron haber sufrido violencia y acoso psicológicos en algún momento de su vida laboral, y 8,5% (277 millones) violencia y acoso físicos.
Prevención
Se requiere aumentar la concienciación sobre la violencia y el acoso en el trabajo, y aumentar la capacidad de las instituciones a todos los niveles para ofrecer una prevención, reparación y apoyo eficaces, fomentar la confianza de las personas.