Histórico fallo abre paso a las uniones libres TLGB
Pareja homosexual logra primera unión libre en Bolivia
La unión civil es una forma jurídica de constituir una familia reconocida y protegida por el Estado, que tiene los mismos efectos jurídicos que el matrimonio civil.
David Aruquipa y Guido Montaño, una pareja gay, abren paso a la comunidad Trans, Lesbianas, Gay, Bisexuales y otras diversidades sexuales (TLGB+) para ejercer la unión libre de manera jurídica en Bolivia tras fallo constitucional histórico.
Mediante un fallo, la jurisdicción constitucional abrió las puertas para que a las personas del mismo sexo del país se le reconozca el derecho a la unión libre. El activista de Derechos Humanos (DDHH) y miembro del Colectivo TLGB de Bolivia, Ernerto Prado, indicó que se trata de un "gran avace porque es un precedente, el primro en Bolivia, para que las parejas del mismo sexo puedan realizar este mismo procedimeinto para una unión libre". Todavía no se está hablando de matrimonio.
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz anuló una resolución administrativa del Servicio de Registro Cívico (Serecí) de 2019, que negó el derecho de dos personas del mismo sexo a la unión libre.
Dos homosexuales residentes en La Paz, que conviven desde hace diez años, impugnaron la decisión del Serecí y recurrieron a la justicia constitucional. De esta manera, Los dos vocales de la Sala Constitucional Segunda consideraron que la resolución administrativa del director nacional de Serecí, Diego Tejerina, era lesiva de los derechos humanos de los interesados, declaró a Brújula Digital el abogado de la defensa, Guido Ibargüen.
Los dos vocales decidieron dejar la determinación del Serecí sin efecto legal, ordenando a Tejerina emitir una nueva resolución en el marco del control de convencionalidad, empleando como parámetro la Convención Americana y la opinión consultiva 24/2017 de la Corte IDH. La Sala Constitucional le dio al Serecí el plazo de diez días hábiles para volver a pronunciarse tomando en cuenta las normas internacionales. La unión civil es una forma jurídica de constituir una familia reconocida y protegida por el Estado, que tiene los mismos efectos jurídicos que el matrimonio civil.
El inciso I del artículo 256 de la Constitución Política del Estado boliviana señala que “Los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta”. El Inciso II establece que “los derechos reconocidos en la Constitución serán interpretados de acuerdo a los tratados internacionales de derechos humanos cuando éstos prevean normas más favorables”.
En ello se basó la pareja al impugnar la resolución del Serecí. Los dos beneficiados por el fallo, cuya identidad Ibargüen prefirió no revelar por el momento, calificaron el mismo como “histórico”.